REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 16 de Diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000775
ASUNTO : TP01-S-2009-000775
Visto el oficio Nº 21-FS-3357-2009, remitido por la Fiscal Superior de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, y recibido en alguacilazgo en fecha 9-12-2009 y en este tribunal en esta misma fecha, donde notifica al Tribunal que la Fiscalia el fiscal I del Ministerio Pùblico abg. REINA PIMENTEL, en fecha 15 de Septiembre de 2009 decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación D21-4208-2009, seguida al ciudadano EMIGDIO ANTONIO CAMACHO AZUAJE, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de la ciudadana ELIDE DEL CARMEN ROSALES GIL, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Revisada la presente causa el tribunal evidencia que en fecha 25 de Mayo de 2009 la Fiscalía actuante presento al ciudadano EMIGDIO ANTONIO CAMACHO AZUAJE, a quien en audiencia de presentación de imputado celebrada en esa misma fecha se le decreto MEDIDA CAUTELAR, por lo que este Tribunal a tenor de las previsiones de artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE INMEDIATO de CUALQUIER medida que pese sobre el ciudadano EMIGDIO ANTONIO CAMACHO AZUAJE, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.345.951, de ocupación Agricultor, hijo Sara Azuaje y Jesús Camacho Urbano, natural de Trujillo Estado Trujillo, de 27 años de edad, nacido en fecha 18/01/1983, residenciado en el Sector Valle Hondo, palo Negro, Casa S/N, Carache Municipio Carache, Estado Trujillo, con ocasión de la presente investigación, iniciada por la denuncia de la ciudadana ELIDE DEL CARMEN ROSALES GIL.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra los EMIGDIO ANTONIO CAMACHO AZUAJE, antes identificado, de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público en su debida oportunidad legal. Ciérrese Informaticamente.
La Juez de Control Nº 1 (S)
Abg. Deyanira Fernández Carrillo
La Secretaria
Abg. Lorena González