REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 2 de Diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-000255
ASUNTO : TP01-P-2008-000255
Visto el escrito presentado por el abogado RAFAEL SALAS MORENO, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público, de fecha 01 de Diciembre del año 2009, donde notifica al Tribunal que en fecha 27-6-2008, se decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación D21-F09-7328-07-(601), seguida al ciudadano FLORENCIO DE LA TORRE, por uno de los delitos previstos en la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de las adolescentes, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Revisada la presente causa el tribunal evidencia que en fecha 23 de enero de 2008 el tribunal de Control Nº 5 penal ordinario le acordó a la fiscalia actuante una prorroga legal de noventa días, posteriormente en fecha 14-11-2008 declina competencia a este Tribunal de Violencia contra la mujer en funciones de control, audiencias y medidas y en fecha 19 de marzo de 2009 este Tribunal de declara competente para conocer la presente causa, por lo que visto el escrito de archivo fiscal presentado por la fiscalia actuante a tenor de las previsiones del mismo artículo, ORDENA EL CESE INMEDIATO de CUALQUIER MEDIDA que pese sobre el imputado ciudadano FLORENCIO DE LA TORRE, de quien la fiscalia no aporto mas datos, con ocasión de la presente investigación, iniciada por la denuncia de las adolescentes.
Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: FLORENCIO DE LA TORRE, de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público en su debida oportunidad legal. Ciérrese Informaticamente.
La Juez de Control Nº 1 (S)
Abg. Deyanira Fernández Carrillo
La Secretaria
Abg. Lorena González