REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 9 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2008-000251
ASUNTO : TP01-S-2008-000251


RESOLUCION


Por recibido escrito de un folio útil, procedente de la Fiscalia VI del Ministerio Publico, donde notifica al Tribunal que en fecha 22 de Enero de 2009, decreto el Archivo Fiscal en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. El Tribunal para decidir observa:

Primero: Revisada la presente causa, al folio doce (12), se observa escrito emanado de la Fiscalia VI del Estado Trujillo, quien de conformidad con las atribuciones que emanan de lo dispuesto en los artículos 285 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 16 numeral 7, y 37 numeral 15, ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 108 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo que establece el artículo 315 eiusdem, decretó en fecha 22/01/2009, el ARCHIVO FISCAL de la investigación Nº 21-F6-651-09, seguida al ciudadano FRANCISCO QUINTERO, iniciada en fecha 08/10/2008, estimando la representación Fiscal que del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, por ahora no constan en autos la pluralidad de los mismos, necesarios para comprometer la responsabilidad del ciudadano FRANCISCO QUINTERO, en el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en donde aparece como víctima la ciudadana Marilyn Quintero Carmona.

En consecuencia de lo acreditado en autos y a tenor de las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 79 y 102 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Violencia Contra la Mujer, Audiencias y Medidas considera que está ajustado a derecho el decretar el CESE INMEDIATO de cualquier medida que pese sobre el imputado FRANCISCO QUINTERO, y así se Decide.

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Violencia Contra la Mujer, Audiencias y Medidas del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA: EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD que pese contra el ciudadano FRANCISCO QUINTERO, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 79 y 102 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por haber decretado la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION. Regístrese. Notifíquese a las Partes. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente.
Jueza Temporal de Control, Audiencia y Medidas Nº 02

Abg. Magaly Castro Altuve,
Secretaria del Tribunal
Abg. Sarelys Aguilar