REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 3 de Diciembre de 2009
199° y 150°
ASUNTO PRINCIPAL: KJ01-P-2009-000003
ACTA DE INHIBICION
Visto como ha sido el presente asunto, el tribunal observa que los hechos sobre los cuales se fundamenta la acusación, corresponden a los mismos que dieron lugar al asunto principal Nro. KP01-P-2004-0000993, en el cual se juzgo al Ciudadano HERNANDEZ PERALTA PEDRO LUIS, siendo que en fecha 20/10/09 se apertura el correspondiente juicio que concluyo el dìa 13/01/09 dictándose Sentencia Absolutoria en fecha 27/11/09, por lo que habiendo conocido esta juzgadora al fondo del asunto que se le sigue a DARWIN ENRIQUE RODRIGUEZ NIETO, por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, por haberse omitido en forma involuntaria la correspondiente acumulación, es por lo que resulta pertinente y conforme a derecho presentar INCIDENCIA DE INHIBICION de conformidad a lo establecido en el artículo 86 ordinal séptimo del Código Orgánico Procesal Penal. Por haber emitido Sentencia definitiva sobre los mismos hechos, en razón de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 94 de la referida ley, se ORDENA a los fines de no detener el curso del proceso, la inmediata distribución de las actuaciones al otro Juez de Juicio, garantizando así la celeridad y el debido proceso. Compúlsese lo actuado, Remítase a la Corte de Apelación de este Estado, la presente incidencia a los fines de su resolución, con la copia de la Sentencia Absolutoria, que origina la presente inhibición y que cursa en el asunto KP01-P-2004-000993. Remítase el asunto para su redistribución. Regístrese, publíquese. Notifíquese. Cúmplase.
La Jueza Inhibida
Abg. Pilar Fernández de Gutiérrez