REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón
Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 17 de Diciembre de 2009.
Años: 199° y 150°
Expediente N° 3.224-09
Daños Materiales derivados de Accidente de Tránsito.
Vista la Transacción cursante a los folios 105 al 107 del presente expediente, suscrita entre la parte actora, abogada SOUAD ROSA SARK SAER, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 35.137, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RUBEN DARIO CARMONA GODOY, y la parte demandada por la abogada en ejercicio CLAUDIA ALEJO OROPEZA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 86.767, apoderado judicial de la empresa SEGURO NUEVO MUNDO S.A., en el presente juicio, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Archívese el presente expediente en su oportunidad.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del Archivo de este Tribunal.- Expídase por Secretaría la copia certificada solicitada en la presente actuación, a tenor de lo que dispone el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase en su oportunidad.-
La Juez.
Abg. Coromoto J. de Del Nogal.
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.
Seguidamente, se cumplió lo ordenado. Se expidió copia certificada de esta providencia. Se archivó el expediente constante de 110 folios útiles.
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.