REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Años: 199° y 150°

ASUNTO: KP02-L-2009-001100

PARTE ACTORA: LUIS ANTONIO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.345.064.
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO ORANCA PARQUE CENTRAL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAUL GIMENEZ, Inpreabogado N° 84.426.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, 17 de Diciembre de 2009, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; que la parte actora LUIS ANTONIO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.345.064, no hizo acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, sólo compareció por la parte demandada CONSORCIO ORANCA PARQUE CENTRAL, su apoderado judicial abogado RAUL GIMENEZ, Inpreabogado N° 84.426; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

El Juez



Abg. José Tomás Álvarez Mendoza



El Alguacil Parte Demandada

La Secretaria

Abg. Margareth Sánchez