JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, veintinueve (29) de Enero de dos mil nueve (2009). 199° y 150°.-

Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de los corrientes mes y año, suscrita por los ciudadanos abogados JOSÉ CONTRERAS FELAIRAN y ELÍAS RAD, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, el primero y, el segundo, como apoderado judicial de la parte demandada, por medio de la cual la parte actora desiste del procedimiento y la parte demandada manifiesta su aceptación, renunciando ambas partes al cobro de costas, costos y reclamo de honorarios profesionales, este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación al desistimiento así efectuado, y en consecuencia, se declara desistido el procedimiento. Así mismo se ordena remitir el expediente al Tribunal de la causa, con oficio.


EL JUEZ SUPERIOR,


Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ


LA SECRETARIA,


Abog. RIMY RODRÍGUEZ ARTIGAS