La presente averiguación fue iniciada por presuntas comisión de uno de los delitos previsto en la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de los ciudadanos: WILLIAM ALFREDO BASTIDAS, CEDULA DE IDENTIDAD 14739.302.

De la revisión del expediente, se evidencia que la denuncia fue interpuesta por el ciudadano: WILLIAM ALFREDO BASTIDAS, CEDULA DE IDENTIDAD 14739.302, quien denunció que funcionarios policiales de la Policia Metropolitana, lo detuvieron, por conducir su vehìculo moto, sin licencia y sin casco, lo humillaron, lo trasladaron hasta el comando de transito, donde le impusieron una multa que cancelò en el Banco.- Indica que en un momento le dijo que le pagara la multa a èl.-

De la revisión de la causa se observa que rindió declaración diferentes personas, y consta, que finalmente, hubo un procedimiento administrativo, de imposición y pago de multa por parte del denunciante, por conducir sin licencia y sin casco.-

Observa el Tribunal, que de la investigación no se evidencia que haya la comisión de un delito previsto en la ley contra la corrupción, en razón de lo cual, lo procedente es decretar el sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público de conformidad con el articulo 318 numeral 1to del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

Se prescindió de audiencia para debatir la solicitud, al estar en autos, todos los elementos necesarios para el completo conocimiento del Tribunal.

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SOBRESEE LA CAUSA DONDE APARECE COMO denunciantes WILLIAM ALFREDO BASTIDAS, CEDULA DE IDENTIDAD 14739.302, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión, conforme a lo establecido en el primer aparte del artículo 179 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y en su debida oportunidad remítase al Archivo Central de este Circuito. Regístrese. Notifíquese. Ofíciese.

El Juez

El Secretario

Abg. Nat