REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Revisada de oficio las presentes actuaciones, se procede conforme al articulo 42 de la ley de Protección de Victimas, testigos y demás sujetos procesales, a fin de revisar la necesidad de prorroga de oficio de la medida de protección decretada, por parte del Tribunal, en fecha 10.01.2008 y ratificada en fecha 02.07.2008.-
En fecha 10.01.2008 el tribunal decretó:

“.El tribunal previo estudio y análisis de los recaudos presentados por la representación fiscal considera que por cuanto resulta público y notorio a través de los medios de comunicación la realidad histórica que actualmente vive el país en resguardo y protección de la integridad física de la VÌCTIMA adolescente denunciante , siendo que los jueces garantizarán los derechos, respeto y protección de la víctima, conforme lo consagra el artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con con los artìculos 2, 4, 24 y 30 de la ley de protecciòn de vìctimas, testigos y demàs sujetos procesales, se declara procedente la solicitud interpuesta por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Trujillo, y en consecuencia, se ordena de inmediato brindar protección para ciudadano JOSE MIUEL IZAGUIRRE, titular de la cédula de identidad N 19.271.424, venezolano, de profesiòn desempleado , de 16, años de edad, y residenciado en la Urbanización Mirabel, casa Nª 07-50 Las araujas, jurisdicción del Municipio Trujillo , Estado Trujillo en condición de víctima de hechos que supuestamente guarda relación de la investigación D21-9128-2007 que instruye el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub- Delegación Trujillo que adelanta la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Trujillo que adelanta la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Trujillo al sentir temor después de haber sido objeto de agresión bajo amenazas por parte del ciudadano FREDDY HERNANDEZ mediante rondas policiales con entrevistas a los protegidos por lo menos tres veces diarias, con entrevistas al testigo hasta nuevo aviso. Y en caso de continuar las amenazas, se fijará audiencia oral y privada a solicitud de parte interesada y así se decide ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY. .“.

En fecha 02.07.2008 el tribunal decretó:

“. Por cuanto la medida de Protección esta ligada al derecho Fundamental del Estado Venezolano de brindar la protección que sus ciudadanos requieran, para el libre desenvolvimiento de su personalidad, siendo que, el mismo solicitante (Fiscalía del Ministerio Público), pide el PRORROGA de la misma, por estar próxima a vencerse y ser revisada, este Tribunal, así lo acuerda, y en consecuencia ordena oficiar a la Comandancia General de Policía del Estado Trujillo, a fin de continúe las rondas policiales por lo menos tres veces al dìa por la residencia de la victima, como medida de Protección a favor de la ciudadano JOSE MIGUEL IZAGUIRRE, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 19271422, y así se decide. .“.

Visto que no consta de autos cese de las condiciones que dieron origen a la medida decretada, se ratifica la misma, consistente en rondas policiales por lo menos tres veces al dìa por la residencia de la victima, como medida de Protección a favor de la ciudadano JOSE MIGUEL IZAGUIRRE, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 19271422, a partir de esta fecha, por seis meses, venciendo en fecha 16.07.2009 y así se decide.-

Decisión.
Este tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA YPOR AUTORIDAD DE LA LEY, Ratifica medida de protección a favor del ciudadano JOSE MIGUEL IZAGUIRRE, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 19271422, consistente en rondas policiales por lo menos tres veces al dìa por la residencia de la victima, POR UN TIEMPO DE SEIS MESES , por su residencia ubicada en la Urbanización Mirabel, casa Nª 07-50 Las araujas, jurisdicción del Municipio Trujillo , Estado Trujillo , a partir de esta fecha, por seis meses, venciendo en fecha 16.07.2009.- Llévese computo por secretaria. Notifíquese.- Ofíciese.-

El Juez

El Secretario