REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 27 de enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-000076
ASUNTO : TP01-P-2007-000076
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En horas del día de hoy, Martes, 27 de Enero de 2009, siendo las 11:43 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa seguida al imputado CARLOS EDUARDO TORRES VALECILLOS, se constituyó este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Dra. Abg. Juleny Rosas Bravo, acompañada de la Secretaria de Tribunal Abg. Patricia Hernández Perdomo, a los fines de dar inicio al acto, la Juez le solicitó a la Secretaria verificara la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presentes: LA Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg. Nerlú Valero, el Defensor Público Abg. Roger Paredes. No encontrándose presente el imputado CARLOS EDUARDO TORRES VALECILLOS, a quien se le dejó boleta de notificación con su vecina. Seguidamente el Defensor Público solicitó el derecho de palabra y expuso: “Solicito se reapertura el lapso en virtud de que fue notificado tres días antes, lo cual no me permitió preparar los argumentos para esgrimir la defensa técnica, ya que no pude sacar las copias. Así mismo solicito que mi representado sea notificado personalmente. Es todo” seguidamente se le otorgó el Derecho de palabra al Ministerio Público, quien manifestó: “Vista la solicitud del defensor y por cuanto la misma no es contraria a derecho estoy de acuerdo con la misma. Es todo” Este Tribunal de Control Nº 04, una vez escuchadas las manifestaciones de las partes y habiendo revisada la causa, considera procedente la solicitud de la defensa y inconsecuencia ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda reaperturar el lapso establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se fija audiencia para el día 17-02-2009 a las 9:00 a.m. Quedando los presentes notificados. Notifíquese al imputado. Tómese la presente acta como resolución de la cual quedan las partes debidamente notificadas. Es todo, terminó el acto, siendo las 11:52 a.m. Se cumplieron con todas las formalidades de Ley y conformes firman.-
El Juez de Control Nº 04
La Fiscal El Defensor Público
Abg. Juleny Rosas Bravo
La Secretaria,
Abg. Patricia Hernández Perdomo