REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, Catorce (14) de Enero de Dos Mil Nueve (2009).

198° y 149°

Vista la anterior diligencia, de fecha Doce (12) de Enero del presente año, suscrita por el ciudadano Orangel Molina, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.194.501, actuando con el carácter de parte demandante, debidamente asistido por el Abogado Julio César Molina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 13.566, mediante la cual solicita de este Tribunal se oficie a la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios San Rafael de Carvajal, Motatán y Valera del Estado Trujillo, para que se le ponga (sic) o estampe la nota marginal de anulación voluntaria acordada por las partes en este juicio, que aparece Registrado el apartamento objeto de este proceso, el día cuatro (04) de agosto de dos mil tres, bajo el Nro. 25, Tomo 4, Protocolo Primero.
Ahora bien, revisadas las actas que conforman el presente expediente, se verifica que el presente procedimiento que el documento fundamental de la presente demanda era un documento de cesión AUTENTICADO ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Valera del Estado Trujillo, de fecha 02 de noviembre de 1999, anotado bajo el Nro. 59, Tomo 94, de los libros de autenticaciones llevados por dicha Notaría; en consecuencia mal puede este Juzgado Oficiar la anulación de dicho documento a la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Valera, San Rafael de Carvajal Y Motatán del Estado Trujillo; por lo tanto este Juzgado NIEGA DICHA SOLICITUD. Así se decide.-
El Juez Titular,

Abg. Rolando Quintana Ballester.
La Secretaria,

Abg. Mireya Carmona Torres
RQB/MCT/jad.-