REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Su Juez Natural, abogado ROLANDO LAZARO QUINTANA BALLESTER, con Cédula de Identidad No.4.147.902, quien lo suscribe, y la Secretaria Titular abogada MIREYA CARMONA TORRES, con Cédula de Identidad No.8.721.077, quien lo refrenda.
ACTUANDO EN SEDE CIVIL, produce el siguiente fallo: Definitivo.
Solicitud: 23.174
Motivo: Rectificación de Partida
Solicitantes: BRICEÑO ARAUJO, RAFAEL JOSÉ, EFRAIN DE JESÚS, CARMEN EMILIA, NELSON ENRIQUE, DILCIA TRINIDAD Y BELKIS JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de Identidad Nos. V-9.157.416, V-9.157.417, V-10.035.170, V-9.375.488, V-9.152.847 Y v-9.370.512.
Apoderado Judicial: Abogado Hernández García Eugenio Enrique, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.760.811, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 28.008.
SINTESIS PROCESAL
Recibida la presente solicitud por distribución de fecha 09 de Mayo de 2008, introducida por el Apoderado Abogado Hernández García Eugenio Enrique, inscrito en el I.P.S.A bajo le No. 28.008 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 501 del Código Civil y el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, solicita la rectificación de Actas de Registro Civil, asentadas: PRIMERO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó bajo el Nº 8, correspondiente al año 1963, que corresponde a RAFAEL JOSE, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y nombres completos del padre de este el cual se colocó como ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO; SEGUNDO: En la partida de Nacimiento llevada por la primera autoridad del anterior Municipio del Municipio Monseñor Jáuregui, Distrito Boconó, estado Trujillo asentada bajo el No. 193, del año 1964, que corresponde a EFRAIN DE JESÚS, se obvió colocar los nombre y apellidos completos del padre y de la madre ya que se colocó ERNESTO BRICEÑO, siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO; TERCERO: en la partida de Nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó con el No. 133 del año 1967, que corresponde a CARMEN EMILIA, se cometió el siguiente error se obvió colocar los apellidos y nombres completos del padre se coloco ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARIA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO; CUARTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio Mercedes Díaz, Distrito Valera estado Trujillo bajo el No. 3197 del año 1968, que corresponde a NELSON ENRIQUE se cometió el siguiente error material se obvió colocar los nombre y apellidos completos de la Madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO, siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO. QUINTO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por delegación del Alcalde del Municipio Boconó bajo el No. 187 del año 1961, que corresponde al DILCIA TRINIDAD, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y nombres completos de su padre ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo el correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO; SEXTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Municipal de Valera Estado Trujillo, asentada bajo el No. 1603, correspondiente del año 1966, que corresponde a BELKIS JOSEFINA, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y los nombre completos del padre se colocó ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
En fecha 28 de Mayo de 2008, fue admitida la solicitud, se ordenó librar Cartel de Citación a cuantas personas pudiesen tener interés o ver afectados sus derechos en la presente causa, asimismo, se acordó la notificación al Fiscal 8º del Ministerio Público, por medio de Boleta.
En fecha 06 de Agosto de 2008, el apoderado judicial consignó ejemplar del diario donde consta la publicación del Cartel ordenado en la presente solicitud.
En fecha 21 de Octubre de 2008, el Alguacil de este despacho, consignó a las actas y debidamente firmada Boleta de Notificación de la Fiscal 8º del Ministerio Público.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:
Pasa este Juzgador al análisis de las pruebas presentadas de las Pruebas presentadas:
Primero: Copia Certificada del Acta de Defunción de la extinta MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO, asentada bajo el Nº 199, correspondiente al año 2006, e inscrita en el Registro Civil de la Parroquia La Beatriz y San Luis.
Segundo: Copia Certificada Acta de matrimonio de de los ciudadanos Ernesto Antonio Briceño Mora y María Ana Josefa Araujo Moreno, expedida por la Presidenta de la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui, bajo el No. 01, del año 1960.
Tercero.- Copia certificada de acta de Defunción del extinto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, asentada bajo el No. 564, año 2006 e inscrita en el Registro Civil de la Parroquia Mercedes Díaz Municipio Valera Estado Trujillo.
Documentos que este Sentenciador les da pleno valor probatorio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.359 del Código Civil y 509 del Código de Procedimiento Civil.
Cuarto: Justificativo de testigos evacuado ante la Notaria Publica Primera de la ciudad de Valera, en fecha 30 de abril de 2008, mediante el cual los ciudadanos Magali Josefina Matheus y Jorge Alberto Toro, son contestes en afirmar que conocen de vista, trato y comunicación a los solicitantes; que saben y les consta que las partidas de nacimientos de los solicitantes se obvio colocar el nombre completo de los progenitores de los mismos.-
Testimoniales que aprecia este Juzgador de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien, de los documentos ya analizados, se verifica del error material alegado por la parte actora en su escrito de demanda, el cual consiste: PRIMERO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó bajo el Nº 8, correspondiente al año 1963, que corresponde a RAFAEL JOSE, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y nombres completos del padre de este el cual se colocó como ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO
SEGUNDO: En la partida de Nacimiento llevada por la primera autoridad del anterior Municipio Monseñor Jáuregui, Distrito Boconó, estado Trujillo asentada bajo el No. 193, del año 1964, que corresponde a EFRAIN DE JESÚS, se obvió colocar los nombre y apellidos completos del padre y de la madre ya que se colocó ERNESTO BRICEÑO, siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
TERCERO: En la partida de Nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó con el No. 133 del año 1967, que corresponde a CARMEN EMILIA, se cometió el siguiente error se obvió colocar los apellidos y nombres completos del padre se coloco ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo lo correcto MARIA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
CUARTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio Mercedes Díaz, Distrito Valera estado Trujillo bajo el No. 3197 del año 1968, que corresponde a NELSON ENRIQUE se cometió el siguiente error material se obvió colocar los nombre y apellidos completos de la Madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO, siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
QUINTO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial Monseñor Jáuregui actuando por delegación del Alcalde del Municipio Boconó bajo el No. 187 del año 1961, que corresponde al DILCIA TRINIDAD, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y nombres completos de su padre ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo el correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
SEXTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Municipal de Valera Estado Trujillo, asentada bajo el No. 1603, correspondiente del año 1966, que corresponde a BELKIS JOSEFINA, se cometió el siguiente error material se obvió colocar los apellidos y los nombre completos del padre se colocó ERNESTO ANTONIO BRICEÑO siendo lo correcto ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y además se obvió colocar los nombres y apellidos completos de la madre se colocó ANA JOSEFA ARAUJO siendo el correcto MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
Por lo que lo ajustado a derecho es declarar con lugar la presente solicitud de Rectificación de Actas de Nacimiento. Así se declara.
DECISIÓN
En tal virtud este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de acta de nacimiento de los ciudadanos: BRICEÑO ARAUJO, REFAEL JOSÉ, EFRAIN DE JESÚS, CARMEN EMILIA, NELSON ENRIQUE, DILCIA TRINIDAD Y BELKIS JOSEFINA; en el sentido de que se asiente en su NOTA MARGINAL lo siguiente:
PRIMERO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial del anterior Municipio Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó, correspondiente a la Parroquia Monseñor Jáuregui, bajo el Nº 8, correspondiente al año 1963, que corresponde a RAFAEL JOSE, aparezca los nombres y apellidos del padre como ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y los nombres y apellidos de la madre como MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO
SEGUNDO: En la partida de Nacimiento llevada por la Primera Autoridad del anterior Municipio Monseñor Jáuregui, Distrito Boconó, Estado Trujillo asentada bajo el No. 193, del año 1964, que corresponde a EFRAIN DE JESÚS, que aparezca los nombres y apellidos del padre como: ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA y los nombres y apellidos de la madre como MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
TERCERO: en la partida de Nacimiento expedida por la Junta Parroquial del anterior Municipio Monseñor Jáuregui actuando por Delegación del Alcalde del Municipio Boconó, con el No. 133 del año 1967, que corresponde a CARMEN EMILIA, que aparezca los nombres y apellidos del padre como ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y los nombres y apellidos de la de la madre como: MARIA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
CUARTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio Mercedes Díaz, Distrito Valera estado Trujillo bajo el No. 3197 del año 1968, que corresponde a NELSON ENRIQUE que aparezca los nombres y apellidos de la madre como MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO. QUINTO: En la partida de nacimiento expedida por la Junta Parroquial del anterior Municipio Monseñor Jáuregui, actuando por delegación del Alcalde del Municipio Boconó bajo el No. 187 del año 1961, que corresponde al DILCIA TRINIDAD, que aparezca los nombres y apellidos de su padre ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y los nombres y apellidos de la madre como MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
SEXTO: En la partida de nacimiento expedida por el Registro Municipal de Valera Estado Trujillo, asentada bajo el No. 1603, correspondiente del año 1966, que corresponde a BELKIS JOSEFINA, aparezca los apellidos y los nombres de su padre como ERNESTO ANTONIO BRICEÑO MORA, y los nombres y apellidos de la madre como MARÍA ANA JOSEFA ARAUJO DE BRICEÑO.
Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales se remite sendas copias certificadas al Jefe de la Oficina de Registro Civil del Municipio Boconó, y del Municipio Valera del Estado Trujillo y al Registrador Principal de este Estado, a los fines indicados en el Articulo 502 del Código Civil. Publíquese y Cópiese. Dada, firmada y sellada en la Sede donde Despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los veinte (20) días del mes de enero dos mil nueve. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. Rolando Quintana Ballester
La Secretaria Titular,
Abg. Mireya Carmona Torres
En la misma fecha se publicó el fallo anterior siendo las__________.
La Secretaria Titular,
Abg. Mireya Carmona Torres
RQB/MCT/imu.
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