REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCACRIO, DEL TRÁNSITO Y OBLIGACION DE MANUTENCION DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, DIECISEIS (16) DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 14 de los corrientes, suscrita por el ciudadano BERKIELI DE JESUS PETIT OLMOS, asistido por la Abogada NANCY PETIT OLMOS, Inpreabogado N° 70.215, ambos identificados en autos, mediante la cual consigna certificación de Acta Matrimonial y copias de cédulas de identidad de lo cónyuges dando cumplimiento al auto de fecha 13-03-08, pasa el Tribunal a pronunciarse sobre la admisión del escrito presentado. En relación a la manifestación que en dicho escrito hacen los cónyuges, ciudadanos: BERKIELI DE JESUS PETIT OLMOS y ANGIE ZIONELA SIMANCAS MELENDEZ, asistidos por las abogadas NANCY PETIT OLMOS y MARIA MARGARITA RIVAS , Inpreabogado Nros. 70.215 Y 38.194, respectivamente, de SEPARARSE DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO; este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, Agrario y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de esta República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los expresados cónyuges, de conformidad con los Artículos 189 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil, en la forma, términos y condiciones establecidos por ellos en el escrito que se provee. Expídase por Secretaría las copias certificadas que soliciten los Interesados.-Diarícese. Cúmplase.
La Jueza Temporal,
Abog. PAULA TERESA CENTENO
La Secretaria Temporal,
Abg. MARIA EUGENIA TORRES
PTC/METV/sgve.
Expediente Nº 27367.