REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-021134
Visto que en fecha 22/11/2007, se dictó auto de admisión en el cual se estableció " para que concurra ante este tribunal el TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, una vez conste en autos su citación..." y, visto que en fecha 20/11/08, el ciudadano CESAR ARMANDO TORRES LISCANO, parte demandada se dio por notificado, siendo que debió comparecer al tercer día de despacho siguiente, tal y como fue establecido en el referido auto de admisión y, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que el demandado no acudió a contestar la solicitud, siendo el tercer día de despacho, luego de constar en autos su citación que lo fue el día 26/11/08, por lo cual y de conformidad con el precitado artículo este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA EXTINGUIDO, el presente procedimiento y, así se decide.
Archívese el expediente una vez quede firme la presente decisión.-

El Juez


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria


Abg. Luisa A. Agüero E.

HRPB/LAAE/ij.