REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-016469


Vista la solicitud presentada por el ciudadano ROMULO JOSE LOPEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N°3.706.885, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.807, quien actúa en su propio nombre y representación manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el sitio denominado Saudy, Km 16 que se encuentra entre las jurisdicciones de los Municipios Iribarren y Jiménez del Estado Lara, sobre un lote de terreno propio según consta documentos inserto en autos, debidamente registrado el 30-06-1977, bajo el Nro. 9, folios 19 fte. al 20 vto.. Protocolo Primero, Tomo 15 por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, con Seis hectáreas y cinco mil setecientos setenta y cuatro metros cuadrados (6 Has. 5.774) cuyo linderos generales son los siguientes: Por el naciente: Desde la punta del cerro de Oso que esta cerca de la quebrada de Mosquera, quebrada abajo hasta donde atraviesa esta misma quebrada el camino público que va de esta villa de Quibor para Barquisimeto: Por el Norte: Camino Público de por medio lindando con tierras del señor José Francisco Romero, hasta encontrar la casa del señor Juan Hernández, casa y pozo del señor Esteban Perozo y de este punto y casa, partiendo el camino público del lado de abajo a morir a un cerrito colorado que esta al frente y de allá derecho buscando al zanjón que esta detrás del cerro de “ Las Lajitas”. Por el poniente: Siguiendo el mismo zanjon hasta llegar al paso de los herederos del difunto Dionisio Linarez, partiendo un camino de José Montes; Sur: Siguiendo derecho al zanjon desde el mismo pozo, mirando derecho a la punta del cerro largo que llaman Tin Tin y de este punto mirando en linea recta al cerro de Oso, que linda con tierra de los herederos de Dionisio Linarez, los que quedan encerrado donde esta la posesión afianzándose con las 3/5 partes del derecho en cuestión, seis locales comerciales continuos uno del otro descrito de la siguiente forma: Local 1: Consta de dos puertas Santamaría, dos ventanales, dos oficinas, un baño, una puerta trasera, piso de cerámica, techo de platabanda, con los siguientes linderos particulares: Norte: Terrenos sueltos de la posesión de tierras, “ La Linareña”, ocupaciones de Alfareria Barquisimeto; Sur: Avenida Florencio Jiménez que conduce Barquisimeto-Quibor, Este: Local Nro. 2 y Oeste: Ocupaciones de Constructora CADE. Local 2: Consta de dos puertas Santamaria, una puerta trasera, piso de cerámica, parte de arriba consta de cuatro habitaciones, cuatro ventanas, un pasillo con escalera, un balcón, piso de cemento pulido, todo con techo de platabanda, un baño privado, un baño para el local ( Damas- Caballeros), sus linderos particulares son los siguientes: Norte: Terrenos sueltos de la posesión de tierras “ La Linareña “ ocupaciones de alfarería Barquisimeto. Sur: Avenida Florencio Jiménez que conduce Barquisimeto- Quibor; Este: Local Nro. 3 y Oeste: Local Nro. 1, ambos locales forman parte de la Estación de Servicio “ Autoservicio Los López”, C.A.. Local 3: Consta de cuatro Santamaría, piso de granito, cuatro baños (damas y caballeros) techo de platabanda, deposito, oficina, estacionamiento y sus linderos particulares son Norte: Terrenos sueltos de la posesión de tierras “ La Linareña “, ocupaciones de Alfarería Barquisimeto: Sur: Avenida Florencio Jiménez que conduce Barquisimeto Quibor; Este: Local Nro. 4 y Oeste: Local Nro. 2. Local 4: Consta de una Santamaría, piso de cemento pulido, un baño pequeño, con los siguientes linderos particulares: Norte: Terrenos sueltos de la posesión de tierras “ La Linareña” ocupaciones de Alfarería Barquisimeto; Sur: Avenida Florencio Jiménez que conduce Barquisimeto-Quibor, Este: Local Nro. 5 y Oeste: Local Nro. 3. Local 5: Consta de cuatro Santamaría, piso de cemento, dos baños (damas y caballeros), una cocina, en la parte superior, dos habitaciones con sus respectivas puertas y ventanas, una escalera: Los linderos particulares son: Norte: Terrenos sueltos de la posesión de tierras “La Linareña” ocupaciones de Alfarería Barquisimeto; Sur: Avenida Florencio Jiménez, que conduce Barquisimeto- Quibor. Este: Local Nro. 6 y Oeste: Local Nro. 4. Local 6: Consta de una puerta corrediza, dos ventanas, un baño, oficina, deposito con techo de platabanda, el resto es de zinc, garaje con un portón de dos hojas, una habitación que tiene baño y depósito y sus linderos particulares son: Norte: Terreno sueltos de la posesión de tierras “ La Linareña, ocupaciones de alfarería Barquisimeto. Sur: Avenida Florencio Jiménez que ( 5.774 mts.) los cuales forman parte de una mayor extensión. El valor invertido es la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.100.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ELIZABETH GARCIA Y WIL FRAN TRIANA, antes identificados éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor del ciudadano ROMULO JOSE LOPEZ MARIN, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Temporal

Abg. Keydis Pérez Ojeda



La Secretaria

Eliana Hernández Silva


KPO/merysa