REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Vista la conciliación suscrita por ante la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos MARIA FERNANDA VELOZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.195.668, residenciada en la Avenida Libertador, Edificio Bureta II, piso 4, apartamento 4ª, Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, y HERLY JOSE RIVAS RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.263.917 y residenciado en La Urbanización Valle del Sol, casa Nº 5-7, La Piedad Norte, Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara; quienes en presencia de la mencionada funcionaria, suscribieron acuerdo en relación a la FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño (identidad omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNNA), en los siguientes términos:
PRIMERO: El padre le suministrará a su hijo por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de CIENTO SETENTA BOLIVARES (Bs.170,ºº), en forma quincenal, los cuales depositará en una cuenta de ahorros del Banco Casa Propia.
SEGUNDO: Los gastos de asistencia médica, medicina, ropa, calzado, útiles, uniformes escolares serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos padres.
En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la conciliación suscrita entre las partes en fecha 21-02-2008, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia definitivamente firma. Líbrese Boleta de Notificación a la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y entréguese al Alguacil de este Juzgado, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Cabudare, a los Veintiún (21) días del mes de Enero del año dos mil nueve. Años: 198º y 149º.


La Juez


Dra. Coromoto de Del Nogal

El Secretario,


Abg. Lucio Torres.

Publicada en su fecha a las 11:00 a.m.

El Secretario,


Abg. Lucio Torres.