REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 198º y 149º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-308

PARTE ACTORA: EUGENIO RAFAEL TORREALBA LEAL, venezolano, mayor de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 11.700.149.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ANDRES ELINAR JIMENEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.383.
PARTE DEMANDADA: HACIENDA CIENEGA DE CABRA, C.A.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO HILDEBRANDO RIERA LAMEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.133.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 08 de Enero de 2009 siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; la parte actora EUGENIO RARAEL TORREALBA LEAL hizo acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Haciéndose presente sólo el abogado ALBERTO HILDEBRANDO RIERA LAMEDA en su condición de apoderado judicial de la parte demandada; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Juez,


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,

Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda
La parte compareciente