REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
En la ciudad de Trujillo Estado Trujillo a los veintisiete (27) días del mes de Febrero de 2009, siendo las 1:00 de la tarde, la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de solicitud de Vehículo solicitada por MERCEDES CHAUS DE REYES, se constituyó este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Abg. Nathalia Cruz Cañizalez, acompañada del Secretario de Sala Abg. Alejandro Martínez, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes: El abogado solicitante Pedro José Peña Segovia. No se encuentra presente: La representación de la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico; en vista de ello la juez acuerda dar un lapso de espera de treinta (30) minutos, vencido el lapso se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes: El abogado solicitante Pedro José Peña Segovia, el Fiscal Segundo del Ministerio Publico y la solicitante Mercedes Chaux de Reyes. La Juez explica a las partes la importancia y significación del acto a celebrarse. Seguidamente el Juez dio inició al acto, informando del motivo de la misma y le concede el derecho de palabra al Abogado Asistente quien expuso: “Solicito la entrega plena propiedad del vehiculo sin ningún tipo de restricción, es todo”. La solicitante Mercedes Chaux expone: “solicito la entrega del vehìculo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público quien expuso: “ No Me opongo siempre y cuando se le otorgue un lapso prudencial para que regularice la situación del vehiculo”. El Tribunal de Control Nº 01 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, revisadas la decisión de fecha 23-10-2008 dictada por este tribunal la cual se negó la entrega de vehiculo al apoderado solicitante por cuanto no había coincidencia física en el serial de estampado en el documento manifiesto de importación y resguardo de aduana cursante en el folio 50 y el serial del vehiculo físico contenido en la experticia cursante al folio 41 del expediente, observado el tribunal que la fiscalia continuó con las investigaciones y ordenó una nueva experticia al vehiculo físico signado con el Nª0811932 practicada por el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalisticas cursante al folio 69 del expediente en la cual consta que el serial del vehiculo físico coincide con el serial estampado en el manifiesto de importación y resguardo de aduana esto es el numero de serial 2T1BA02E5TC120675, se acuerda la entrega del vehiculo clase automóvil marca Toyota modelo Corolla tipo sedan color rojo año 1996 uso particular serial 2T1BA02E5TC120675, serial de motor Nº4AC046138 a la ciudadana MERCEDES CHAUX DE REYES, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 11. 126.273, asistida por el ciudadano Abogado Pedro José Peña, Inpreabogado 111882. La Presente entrega de vehículo no autoriza su circulación, debiendo la propietaria cumplir con los reglamentos y leyes de transito terrestre. Se acuerda librar boleta al estacionamiento Trujillo. Téngase la presente acta como resolución fundada. Se cumplió con todas las formalidades de ley, culmino el acto siendo las 2:30pm se leyó el acta y conformes firman.
La Juez de Control Nº 01
El Fiscal II
Abg. Nathalia Cruz Cañizales
El Abogado Asistentes La Solicitante
El Secretario
Abg. Alejandro Martínez