REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 6 de febrero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000400
ASUNTO : TP01-P-2009-000400

ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA

En la ciudad de Trujillo, el día de hoy, Viernes, 06 de Febrero de 2009, siendo las 3:20 p.m. se hizo presente en la sala de audiencias N° 04, la Juez de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Abg. Juleny Rosas Bravo, acompañada de la secretaria de sala Abg. Patricia Hernández Perdomo, a los fines de celebrar la Audiencia Oral de Presentación de Investigado, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del escrito presentado por la Fiscalía del Ministerio Público. Seguidamente la Juez ordena a la secretaria verificar la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes: El Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg. José Luís Molina, Los investigados FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, JUAN GABRIEL UZCATEGUI, EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO, La Defensora Pública Abg. Luz María Mora, el Defensor Privado Abg. JAVIER ENRIQUE GONZÁLEZ RUIZ. No encontrándose presente: la victima MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZÁLEZ. Seguidamente el investigado EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO solicita el derecho de palabra y expone: “Solicito al Tribunal la designación de un Defensor Público que me asista en la presente causa.”. Encontrándose presente La Defensora Pública Abg. Luz María Mora, quien expone: “Acepto el cargo como defensor del investigado EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO. Acto seguido solicita el derecho de palabra los ciudadanos FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, JUAN GABRIEL UZCATEGUI y manifiestan separadamente: Designamos como nuestro defensor de confianza al Abogado JAVIER ENRIQUE GONZÁLEZ RUIZ. En este estado la Juez procedió a juramentar al Defensor Privado, quien primeramente se identificó como: JAVIER ENRIQUE GONZÁLEZ RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.319.466, Inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 86.535, con domicilio procesal en: Urbanización San Rafael, Bloque 13, piso 2, apartamento 02-06, Municipio Valera Estado Trujillo y manifestó: “Acepto el cargo recalado en mi persona por los ciudadanos FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, JUAN GABRIEL UZCATEGUI y juro cumplir fiel y cabalmente con las obligaciones inherentes a mi cargo”. Seguidamente la Juez abrió el acto e informó el motivo de la audiencia de presentación así como su significación. Seguidamente la Representante Fiscal narró los hechos ocurridos en fecha 03 de fe de 2009, por los cuales presentó a los ciudadanos FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, JUAN GABRIEL UZCATEGUI, EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO, describiendo las circunstancias de tiempo modo y lugar en que acontecieron los hechos, precalificando los hechos de la siguiente manera para el ciudadano EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO el delito de EXTORSIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 459 y 277 del Código Penal; Para el ciudadano JUAN GABRIEL UZCATEGUI CASIQUE, el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal y para la ciudadana FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, cometido en agravio de MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZÁLEZ y EL ORDEN PÚBLICO, por lo que solicito se decrete la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para los tres ciudadanos aprehendidos, solicitó se ordene la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico procesal Penal y se decrete la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 250, 251 y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”. De seguidas la Juez a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 del Código Orgánico Procesal Penal, la Juez le ordenó al alguacil retirara de la sala a FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO, quedando: JUAN GABRIEL UZCATEGUI. Seguidamente la Juez le impuso al investigado del precepto establecido en los ordinales 3º y 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como de los hechos que se le imputan, luego se identificó como: JUAN GABRIEL UZCATEGUI CASIQUE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.898.001 (No porta cédula de identidad ni ninguna ora cosa que lo identifique), nacido en fecha 21-06-1977, Edad 31 años, soltero, grado de instrucción quinto grado, de ocupación taxista, hijo de Maria Hernesta Casique y Pedro José Uzcategui, residenciado en la Avenida principal de Campo Alegre, casa Nº 59, como a 15 metros de la bodega los Jardines, Municipio San Rafael de Carvajal Estado Trujillo, quien manifestó: “yo trabajo de taxi trabajo en makroval, y trabajo con un amigo mío y cuando no estoy en makroval trabajo con mi novia de taxi y ese día fuimos a hacer los reales para pagarle los estudios a ella y de ahí yo le digo vamonos pa la casa y cuando vamos ara colon n0os encontramos a una muchacha que me para y le pregunto que para donde va y ella me dice que para el Turagual y cuando yo dejo a la muchacha me para un motorizado y yo le digo para donde va y ella me dice para Valera y el me dice vengo que buscar a una muchacha embarazada para llevarla al hospital y cuando voy pasando por una curva negra se monto el otro ciudadano y después se montó el hombre del ama y sacó el arma y nos hizo subir los vidrios y como a 50 metros de la entrada ellos me dicen para donde ir, yo lo paso or un callejón y yo baje los vidrios y después me dice suba los vidrios y yo los subí rapidito y después me hizo dar otra vuelta y como tres veces me hizo dar la vuelta, y después de eso él me dice se esta poniendo nervioso y yo de los nervios lo choque pero yo le dije que no, y é estaba alterado, yo le dije yo te ayudo pero no me hagas nada yo me pare detrás de un camión y baje los vidrios y él me ice vuélvalos a subir, luego se encuentran con un señor que le da un paquete y después me dice arranque y después yo le dije no y después fue que se nos atravesaron y nos agarraron y yo le dije a la mujer corra, ahí se formó un alboroto y nos golpearon, dispararon y eso fue todo complicado y cuando llegamos a la estación yo le dije é tiene un arma, yo le dije yo no estoy con él, é me secuestro, pero la guardia no nos tomó en cuenta lo que yo le dije… a èl no le dijeron nada hasta e orto día que nos estuvieron ahí y de verdad yo no los conozco y pare de verdad para pagarle los estudios a la novia, yo no sabia que él tenia el arma, ni sabia que eso iba a asar, a mi me daban ganas de estrellarnos pero pensé que después nos íbamos a matar por que él estaba aras y el chamo de la moto se fue por la parte de aras… yo soy inocente ni lo conozco ni yo se quien es, y tengo temor de lo que pueda hacernos por lo que estoy diciendo. Es todo” Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público para que interrogue al investigado, a cuyas preguntas este respondió: “Nunca en mi vida lo había visto, él fue el que recibió el paquete, el carro es mío, tiene vidrios ahumados y con ese es que yo laboro de noche. Era flaco, blanco y hablamos caraqueños, si yo lo veo yo lo reconocería, no lo llegue a ver mucho porque tenía gorra, lo vi en la claridad porque él me paró cerca de un hotel y me pidió que le hiciera la carrera a la mujer de él, cuando yo llegue al sitio se montó él y no una muchacha. La moto era como azul, como con blanco o gris, de las nuevas era china, él tenia un suéter que decía DADDY YANKIE y WINSIN Y YALDEL con capucha, la moto no tenía placa, la moto tiene que estar golpeada por un lado porque yo le llegue por detrás cuando yo estaba retrocediendo. Yo nunca he visto a la victima. Yo tenía teléfono me lo quitó la 04165705155, lo tengo desde hace mucho, es nokia slider blanco, yo tengo seis años de novio con julia. No tengo enemigos, nunca he estado en esto, primera vez que estoy en esto, yo soy hombre y no lloro y más nos golpeaba las guardia, y a mi novia también la golpearon y eso que ella hace poco perdió un hijo mió. Seguidamente el Tribunal procedió a interrogar al investigado, a cuyas preguntas respondió: “él primero que me paro se fue en la moto y yo me fui atrás en la moto y él me dijo que era una mujer, el motorizado me guío como para un rancho, cuando yo veo que se monta un hombre y yo le digo no es una muchacha y él dice a ella la buscamos mas arriba. El de la moto estaba cerca del agente y él lo dejo escapar y yo le dije si quiere vamos y yo le digo la casa y la persona con la que estaba hablando y uno de los guardias me dijo usted se muere por sapo, paludo… Es todo.” Seguidamente la Juez le ordenó al alguacil retirara de la sala a JUAN GABRIEL UZCATEGUI e hiciera comparecer a la ciudadana FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, a quien la Juez impuso al investigado del precepto establecido en los ordinales 3º y 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como de los hechos que se le imputan, luego se identificó como: FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.226.188, nacido en fecha 27-12-1982, Edad 26, soltero, grado de instrucción Semestre 10 en el Instituto Privado las Américas, de ocupación estudiante, hijo de Carmen Linares y Fierro Ramiro, residenciada en Carvajal, Mesetas de san Genaro Casa Nº 81, al lado de la Urbanización Bello Campo, Municipio San Rafael de Carvajal Estado Trujillo, quien manifestó: “mi novio estaba trabajando para pagarme la cuota que tenia que cancelar el martes y él me dice vamos a trabajar un ratico él no quería y después me dijo vamos para que mañana cancele y presente sus exámenes una muchacha esta en el centro comercial aeroclub y nos para ara que le hagamos una carreta y dijo que la lleváramos que tenia rato ahí y le daba miedo la muchacha se monta y la llevamos hasta la casilla policial por una escalera, la policía hasta hizo que nos hizo que retrocediéramos para no chocar la patrulla y cuando vamos subiendo nos paro un motorizao y nos dijo para que lleve a mi jeva que esta ahí desde que arrancamos hasta una casa amarilla en una curva, sale él muchacho de una curva y sale y se monta en la puerta y carga el arma y se la pone en el cuello a mi novio y le dice suba el vidrio que a usted no le va a pasar nada y él le dice quédese tranquilo y le dijo que iba a rescatar a una muchacha y le dice déle poquito a poco y nos sube el vidrio y mi novio me apreta la mano y me dice que me quede tranquila, subimos y el muchacho llama como de un celular de tapita yo escuchaba cuando lo trancaba el teléfono, el muchacho llama y le dice deme la plata si no me la da le vamos a matar a un familiar y después vemos a un señor vestido de negro con canas y yo veo que lo que concuerda con lo que estaba hablando y mi novio quería bajar el vidrio para que viera el señor que estaba asustada, en la primera vuelta él hizo que regresáramos en lugar donde lo habíamos recogido y el motorizado le decía denme la otra pistola y el otro le decía cual le doy y el motorizao dice que si nosotros nos estamos portando pichacosos y el oro le dice que no que nos estábamos portando bien, después en la otra vuelta el señor le tira el paquete y después sale y carro y se atraviesa y se bajan yo creía que eran mas balandros si yo fuera balandra hubiese corrido y yo me quede ahí, el chamo se quedó en el carro y se metió el paquete en la franela, yo le dije al guardia que él chamo tenia un arma y él no me crea uno de los guardias nacionales me pateo y me pisaba por el pie y me decía que me quedaba tranquila y yo le decía que no me pegara que yo acababa de perder un bebe y él no me creía nada y nos agarraron y nos llevan a mi me sentaron al lado de él y nosotros le decíamos él tiene una ama y ellos no nos creían y a mi sentaron cerca de él y nosotros cuando llegamos y él le dijo que uno. Uno alto me dio una cachetada que me retruco con las escaleras y del golpe yo casi me caigo y mi novio me agarraba así como estaba esposado y el hombre me decía cállate llorona que tu eres culpable al muchacho lo revisaron y le pegaban para que hablara pero él no decía nada y e muchacho decía yo no se nada y yo le decía chamo porque usted nos hizo esto si ustedes sabe que yo no lo conozco y después me llevaron para plata dos , el que hace la carpeta se fue al ver que yo tenia familiares uniformados que se llama Javier Becerra es guardia nacional y trabaja ahí, entonces de verdad yo digo yo no estoy haciendo una cosa así nunca he estado sí ni he hecho nada yo estoy estudiando, él ptj le decía digas la verdad que nonos conocía a nosotros y el señor ptj me dice que que le quiero decir yo a él é nunca nos miraba a la cara y yo le dije muchacho reflexione usted en un muchacho joven allá afuera esta su mama y su papá llorando y después él lo que hace es bajar la cara, en el periódico sale uno con la cara tapada y eso es feo eso no es justo. Es todo” Seguidamente el fiscal del Ministerio Público procede a interrogar a la investigada a cuyas preguntas esta respondió: “No, yo no tengo celular, el de mi novio es 04165705165, es un nokia slider y eso esta ala, el motorizado es blanco tenia una gorra blanca, tenia un suéter de WINSIN Y YANDEL, hablaba caraqueño, él decía yo no soy de aquí, la moto es como negra o azul oscuro, era como sincrónico. El tenia un suéter negro, el señor le dio el paquete por al ventana y después sonó el arma y después salio esa ente, si nosotros somos oro cuerpo los matan, yo le doy gracias a dios que llegaran ellos así nos hayan pateados. Decía el letrero sector la trinidad, nos metía en una calle de abajo y salíamos arriba y en la esquina queda como una bodega. Yo creo que si veo al motorizado lo reconozco. Él es hasta bien parecido. Es todo”. Seguidamente la Juez procedió a interrogar a la investigada a cuyas preguntas esta respondió: “el gordito en todo momento dijo que no nos conocía y que no tenia ninguna relación con nosotros. Es todo”. Seguidamente la Juez le ordenó al alguacil retirara de la sala a FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA e hiciera comparecer al ciudadano EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO, a quien la Juez impuso al investigado del precepto establecido en los ordinales 3º y 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como de los hechos que se le imputan, luego se identificó como: EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 20.788.029 nacido en fecha 03-08-1986, Edad 23, soltero, grado de instrucción quinto año, de ocupación trabajo en la gobernación de semanero desde hace como 15 días, antes trabajaba en la construcción por mi cuenta y estudio en la noche en la Misión Sucre, hijo de Fanny Josefina Araujo y Wilmer Enrique Ramírez, residenciado en El Turagual, casa sin numero de color rosada, más debajo de la estación de servicio petrocanarias, como a 50 metros de una bodega de la señora Ramona, Municipio San Rafael de Carvajal Estado Trujillo, quien manifestó: “Yo quiero hablar referente a los muchachos ya mi me dijeron que fuera a buscar el dinero a mi me buscan y fui y buscamos el dinero, los muchachos no tienen nada que ver, yo no tenia armamento en el 15 fue que nos lo sembraron, no me quitaron la bolsa de encima. Es todo”. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público procede a interrogar al investigado, a cuyas preguntas este respondió: “yo tome el taxi en el turagual y yo le dije hágame una carrera para arriba, lo tome por al casilla policial, yo iba para arriba para el turagual, mas debajo de puente, yo iba para la parte alta que queda Chimpire, yo acababa de salir del colegio que estaba presentando unos exámenes, el colegio queda se llama Raúl Leoni, yo iba para el Turagual por el saque de piedra, yo iba para la casa del señor que le iba a enviar el dinero a él, un señor me dijo a mi que fuera a buscar la plata y é me dice usted conoce a señor y yo le dije si yo se donde vive y me dijo que fuera a buscar una plata, yo conozco al agraviado porque yo vivo más abajo en toda la curva, si yo se donde vive miguel arcángel colmenares, yo no se de que es la plata y él me dijo haga el favor y me busca el dinero y le dije haga el favor y me hace una carrerita cuando yo busco la plata llego el carrito ese y nos bajo a golpe, yo en ningún momento toque ese dinero y cuando llegaron los funcionarios yo me asuste, yo no conozco al señor bien, él me pidió el favor y yo se lo hice, a mi legan y me piden un favor y yo lo hago, él señor me dijo me trae la plata pa ca, mas arriba de la vía para agarrar para Valera, yo no se cuanta lata le iba a encontrar, yo no lo conozco, yo creo que el señor que me pidió el favor es valerano pero no se, inocentemente fui a buscar el dinero, yo cargaba mi teléfono celular que es 0416-2721339, yo cargaba el de mi mama y en el momento en que los funcionarios agarraron el equipo empezaron a furungiarlo y hacer llamadas,… como ahí cuesta agarrar carro en el estadio cuesta mucho yo a veces me vengo a pie cuando no encuentro ruta para venirme. Es todo” De seguidas se le concede el derecho de palabra al Defensor privado, quien manifestó: “Con relación a las actuaciones no hay ningún tipo de evidencia que incrimine a mis representados ni siquiera de un teléfono celular en las mismas actuaciones se evidencia que ellos le manifestaron que estaba un ciudadano armado 04165705165, al contrario con Edixon hay evidencias de interés criminalistico y los funcionarios hacen ver el comiso de objetos de interés criminalísticos que son el suéter el teléfono, la victima en la denuncia hace ver que siempre fue un solo ciudadano quien lo llamaba, la victima sabe que es el motorizado,… claramente que las declaraciones de mi defendido coincide y edixon admite que ciertamente buscó el servicio de mis representados para que le hiciera la carrerita, más bien mis representados son victimas, ya que fueron sometidos con un arma de fuego, el motorizado llegó al sitio, por lo que solicito la libertad plena de mis defendidos y que se sumen como victimas en la causa que se investiga. En cuanto al procedimiento acepto el procedimiento que a bien tenga el Tribunal a establecer. Es todo”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Defensor Público quien expuso: estoy de acuerdo con el procedimiento ordinario y considero ajustado solicitar una medida gravosa, toda vez que no hay peligro de fuga, y en nombre de él que me autorizo le manifiesto que las personas que están acá no tienen nada que ver, solicito una medida cautelar, en cuanto al procedimiento abreviado estoy de acuerdo con el mismo, y solicito copias simples de las actuaciones. Es todo”. El Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 4, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Oídas como han sido las partes y revisada cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, este Tribunal de Control estima que existen suficientes y plúmbeos elementos de convicción para estimar que estos ciudadanos son autores o participes en la comisión de el hecho delictivo, y paso a describir cada uno de ellos como son que de los hechos narrados y a su vez de los elementos de convicción en que fundamentan la imputación, se desprende los plúmbeos elementos de convicción, cuando en principio el ACTA POLICIAL señala ….Los que suscriben SA. JORGE LUIS AVILA GONZALEZ Titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 5.788.475, SA. GREGORIO MENDEZ GARCIA Titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 5.785.252, SM2. RIVAS WILLlAN Titular de la Cedula de Identidad N° 11.320.973, SM3. RICHARD PEÑA VIELMA Titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 11.133.616, S2. LUIS SANCHEZ Investigaciones penales del Destacamento Nro.15 de la Guardia Nacional de Venezuela por medio de la presente acta hacemos constar que de conformidad con lo establecido en los artículos 110, 111, 112, 113, 114, 248 Y 303 del Código Orgánico Procesal Penal dejan constancia de la siguiente diligencia policial y al efecto expone: "El día Martes 03 de Febrero del 2009, siendo las 04.50 horas de la tarde, se presentó ante este Comando el ciudadano MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 9.170.643 de 46 años de edad, de profesión u oficio comerciante, con residencia en el Barrio El Turagual sector La Trinidad, calle principal municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, denunciando que estaba siendo victima de llamadas por parte de personas desconocidas quienes le estaban exigiendo la entrega de una cantidad de dinero a cambio de no matarlo, que primeramente le exigían CINCO MIL Bolívares FUERTES y que posteriormente le subieron la suma a SIETE MIL Bolívares FUERTES, también expuso en su denuncia que en horas de la mañana a eso de las 11.30 habían disparado a su casa de habitación ubicada en el sector El Turagual del estado Trujillo y que hoy a las seis de la tarde, los presuntos extorsionadores habían fijado la hora de entrega de ese dinero y que si no lo hacia lo matarían. En vista de esta situación yo, SA. JORGE LUIS AVILA GONZALEZ me comunico con el ciudadano abogado JOSE LUIS MOLlNA Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del estado Trujillo, a quien le informo de la denuncia recibida y este me gira instrucciones que realice las actuaciones necesarias y urgentes a fin de identificar a los autores o participes de este hecho delictivo, así mismo me indica que me traslade a la dirección donde este ciudadano reside y realice una Inspección técnica CRIMINALíSTICA con fijaciones fotográficas para plasmar los hechos ocurridos en ese lugar así como colectar cualquier elemento de interés criminalistico que sirvan en el curso de la investigación, por la urgencia del caso y a tenor de lo dispuesto en la Ley Contra La Delincuencia Organizada le solicito vía telefónica la autorización para realizar una entrega vigilada de una parte del dinero que estas personas le estaban solicitando, para ello en este mismo acto se destinaron DIEZ BILLETES DE CIRCULACION NACIONAL DENOMINACION VEINTE BOLÍVARES FUERTES, CON LOS SERIALES (A25604723) (B62800240) (B69322632) (C35925612) (C66129842) (C36993658) (C28217365 ) (D44059077) (040212179) (E88183388) como muestra representativa del dinero predestinado para esta operación, los cuales se compaginaron entre noventa y seis (96) recortes de periódico a manera de simular un abultado paquete contentivo de... se introdujeron dentro de una bolsa de material sintético de ....a la cual se le puede leer entre otros la palabra USAFRICA a la vez se metió dentro de otra bolsa de material sintético de color negro, envolviéndola y entregándosela nuevamente a la victima, recordándole que solo seria utilizado para realizar cualquier procedimiento que guarde relación con el hecho que se persigue, coordinamos con la victima dos vehículos en uno para que se traslade el, con dos funcionarios vestidos de civil, para ellos seleccionamos a los efectivos SM3. PEÑA VIELMA RICHARD y S2. SANCHEZ CARRILLO LUIS quienes se trasladaron en un vehículo marca Gran Cherokee color madera metalizada y nosotros SA. GREGORIO MENDEZ GARCIA, SA. JORGE LUIS AVILA y SM2. WILLlAN RIVAS nos embarcamos en un vehículo marca Chevrolet Corsa color dorado, siempre mantuvimos conversación vía telefónica entre funcionarios y victima, coordinando las acciones policiales investigativas a seguir, llegamos a eso de las 08.10 horas de la noche en las adyacencias de la zona industrial de Valera a fin de recibir la llamada telefónica del presunto extorsionador ya que este le había dicho que lo llamaría a las seis de la tarde, cosa que no lo hizo sino hasta las ocho y veinte de la noche cuando la victima recibe una llamada telefónica en su teléfono marca KYOCERA con línea MOVILNET Nro. 0416-1779251 de una persona que lo llamo desde un teléfono de línea MOVILNET Nro asignado 0416-6734111 , la victima acciona el alta voz de su teléfono y escuchamos cuando la persona que lo llamaba le dice: MIRA PANA, YA TIENES EL DINERO, LE DICE QUE TENGA CUIDADO NO LO HAYA DENUNCIADO Y NUEVAMENTE LO AMENAZA DE QUE SI LO HA HECHO LO MATARIA" la victima le dice que valla a su casa ya que el lo estaba esperando para entregarle ese dinero, rápidamente orientamos a la victima que se traslade con los efectivos PEÑA VIELMA RICHARD Y LUIS SANCHEZ CARRILLO, encubiertos en el vehículo y lleguen hasta su casa en el Turagual, que los oculte dentro de la vivienda para que estos de llegar cualquier persona a buscar el dinero que le estaban solicitando a la victima procedieran a actuar y de presentarse la situación de flagrancia procedieran de acuerdo al artículo 248 del COPP, nosotros SA. JORGE AVILA, SA. MENDEZ GARCIA Y SM2. RIVAS WILLlAN embarcado ya en el vehículo Corola Color Dorado aguardamos en las adyacencias del distribuidor El Turagual-Motatan en espera de cualquier llamada de los efectivos ya mencionados, estando nosotros SM3. PEÑA VIELMA RICHARD Y S2. LUIS SANCHEZ en el interior de una casa que tiene estilo como un galpón y en compañía de la victima, este recibe a las 09.34 horas de la noche una nueva llamada telefónica desde un teléfono con línea asignada 0416¬1745983 del presunto extorsionador quien le dice a la victima que EN ESE MOMENTO VA A SU CASA A BUSCAR EL DINERO y vemos como a las 09.45 horas de la noche llega frente a la casa de la victima un vehículo marca FORDL TD DE COLOR AZUL OSCURO, TECHO DE COLOR FUSCIA EL CUAL TIENE UN CASCO DE COLOR BLANCO CON EL AVISO DE TAXI, la victima se acerca hasta ellos y observamos que dialogan, nosotros habíamos coordinado con el ciudadano COLMENARES GONZALEZ MIGUEL que le dijera que dieran otra vuelta mientras el buscaba el dinero que estaba dentro de su camioneta Gran Cherokee, inmediatamente yo SM3. RICHARD PEÑA VIELMA me comunico con el SM2. RIVAS WILLlAN y le informo que con la urgencia del caso se traslade al sector La Trinidad del Turagual ya que los extorsionadores habían llegado en un vehículo MARCA FORO L TD color AZUL OSCURO, TECHO DE COLOR FUSCIA PLACA XHZ 345 con casco de color blanco y letras de color negro de Taxi, que andaban dando una vuelta por el sector y que llegarían nuevamente, es así o nosotros, el resto de efectivos que andábamos en el corsa, salimos en velo...subiendo vía al Turagual, específicamente en el lugar donde ocurriría el hecho eran las 10.18 horas de la noche al llegar observamos que la victima le estaba 'pasando el paquete contentivo del dinero ya destinado para esta operación a una de las personas que se trasladaban en la parte trasera del vehículo, nosotros funcionarios PEÑA VIELMA RICHARD y LUIS SANCHEZ CARRILLO salimos con nuestras credenciales en la mano y nos identificamos como funcionarios de la Guardia Nacional en funciones de inteligencia, el conductor del vehículo marca FORD L TD trata de darse a la fuga por lo que yo SA. MENDEZ GARCIA GREGORIO le atravieso el vehículo corsa e impido que este se huya, salimos del vehículo corsa y con nuestras credenciales, nos identificamos como funcionarios de la Guardia Nacional, mientras que un ciudadano que estaba montado en una moto de color negra y suéter de color blanca con capucha que estaba en la esquina esgrime un arma de fuego y comienza a disparar en contra nuestra por lo que nos vimos en la necesidad de accionar nuestras armas de reglamento para poder contrarrestar el ataque del que disparaba, este al ver nuestra acción le imprime velocidad a la moto y toma rumbo vía a Motatan perdiéndose de nuestra alcance y de nuestra vista nosotros efectivos actuantes sometemos a los que viajan dentro del carro y los obligamos a que salgan de este vehículo, primeramente lo hace una dama que vestía con mono de color azul claro y suéter de color azul claro esta es de piel blanca y cabello de color negro largo, luego sale el ciudadano que conducía el vehículo FORO L TD este ciudadano es de contextura fuerte, alto, ojos verdes, cabello ondulado de color castaño, viste con franela de color negro con rayas rojas y pantalón prelavado color gris, por nuestra seguridad y la de ellos le indicamos que se tiren al piso para evitar que pudiesen ser lastimados por alguna persona oculta que nos pudiese disparar, así mismo estas personas nos manifiestan que hay un tipo armado dentro del carro en el asiento de atrás, yo SA. JORGE LUIS AVILA abro la puerta derecha trasera del vehículo y observo que hay un ciudadano con un arma de fuego en la mano, apuntándolo con mi arma de reglamento le incrimino y lo obligo de que deje el arma dentro del carro y que salga con las manos en la nuca, yo SA. GREGORIO MENDEZ GARCIA tomo el arma de fuego y detecto que se trata de una PISTOLA , CON EMPUÑADURA DE MADERA, NIQUELADA, SIN MARCA NI SERIAL VISIBLE, SE LE OBSERVA EN EL CAÑON LA NOMENCLATURA 9MM CTG, CON UN CARGADOR NIQUELADO Y DENTRO DE ESTE SE ENCONTRABAN DOS CARTUCHOS SIN PERCUTIR A LOS CUALES SE LES PUEDE LEER EN SU CULOTE LA NOMENCLATURA (CAVIM 93) y (CAVIM 07) así mismo le noto que tiene algo abultado oculto entre su franela y procedo de conformidad con lo previsto en el artículo 205 del COPP y le saco lo que este ocultaba, se trataba del paquete que habíamos conformado y que se lo habíamos entregado a la victima para que hiciera la entrega de parte del dinero que le estaban exigiendo los extorsionadores, la abro y observo que dentro de esta bolsa se encuentra la otra bolsa de color verde manzana y en su interior estaban los NOVENTA y SEIS RECORTES DE PAPEL PERIODICO y LOS DIEZ BILLETES DE CIRCULACION NACIONAL DENOMINACION VEINTE Bolívares FUERTES, CON LOS SERIALES (A25604723) (B62800240) (B69322632) (C35925612) (C66129842) (C36993658) (C28217365) (D44059077) (D40212179) (E88183388) cuyos billetes se habían fotocopiado y permanencia como folio útil en la denuncia de la cual ya se le había informado al Fiscal Quinto del Ministerio Público a tenor de los...en los artículos 284 y 285 del COPP, luego de esto al presumir que... ante la comisión en flagrancia de los delitos CONTRA LA ...PRESUNTA EXTORSION) y CONTRA EL ORDEN PUBLICO,... de conformidad con lo previsto en el artículo 248 ejusdem a ...estas personas a las cuales se les solicito su identidad personal y... dijeron ser y llamarse como queda escrito. . UZCATEGUI CASIQUE...GABRIEL de nacionalidad Venezolana titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 14.898.001, alfabeto, de profesión u oficio chofer y comerciante, natural de Valera y con residencia en Campo Alegre, avenida principal, casa Nro.59, municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, hijo de la ciudadana Maria Ernesto Cacique y del ciudadano Pedro José Uzcategui, es de contextura fuerte, mide aproximadamente 1,76, estado civil soltero, es de piel blanca, cabello de color castaño, ojos de color verde, usa bigote escaso y barba escasa, fecha de nacimiento 21-06-1967 de 31 años, para el momento vestía con pantalón prelavado de color gris y suéter de color negro con rayas de color roja, calzado de cuero tipo sandalia de color negro, FIERRO LlNARES JULIA JOSEFINA. de nacionalidad Venezolana. titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 16.226.188, alfabeta, de profesión u oficio estudiante, natural de Caracas y con residencia en Carvajal, mesetas de San Genaro, casa Nro. 81, en toda la avenida, municipio San Rafael de Carvajal del estado Truj iIIo , hija de la ciudadana Carmen Linares y del ciudadano Ramiro Fierro, es de contextura tuerte, mide aproximadamente 1,63, estado civil soltera, es de piel blanca, cabello largo lacio de color negro (teñido), ojos de color negro, fecha de nacimiento 27-12-1982 de 26 años, para el momento vestía con mono de color azul claro y blusa de color azul clara, calzado de tela y goma de colores blanco y fucsia, RAMIREZ ARAUJO EDIXON ENRIQUE de nacionalidad Venezolana titular de la Cédula de Identidad Nro.V¬ 20.788.029, alfabeta, de profesión u oficio estudiante, natural de Valera y con residencia en El Turagual, vía principal, en la curva, casa sin número, municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, hijo de la ciudadana Fanny Josefina García y del ciudadano Wilmer Enrique Briceño, es de contextura obesa, mide aproximadamente 1,70, estado civil soltero, es de piel morena, cabello corto de color negro, ojos pardos, fecha de nacimiento 08-03-1986 de 23 años, para el momento vestía con pantalón blue jeans, franela chemise de color anaranjado con rayas azules y blancas y sobre de este un suéter manga larga de color negro con letras multicolores en la parte trasera el dibujo de un hombre fumando, marca HOBER BOGER, calzado de cuero de color marrón, esta persona se cubría la cabeza con la capucha de este suéter el CUAL LE FUE INCAUTADO PARA RECONOCIMIENTO DE LA VICTIMA y al mismo además del dinero y el arma de fuego también se le incauto UN TELEFONO CELULAR MARCA UTSTARCOM, MODELO CDM8935MV,FCC ID: PP4L1, SERIAL NRO. 7470440983, CON SU RESPECTIVA BATERIA MARCA UTSTARCOM, SERIAL DC071113LL7, DE COLOR NEGRO, CON Línea MOVILNET NRO. ASIGNADO 0416-1745983. a quienes se les hizo del conocimiento sobre el motivo de su aprehensión y de los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículos 125 del Código Orgánico Procesal Penal que sobre derechos del imputado trata, el vehículo es marca FORD L TD, colores AZUL OSCURO CON TECHO DE COLOR FUSCIA, PLACA XHZ345, SERIAL DE CARROCERIA AJ65VY40444 yo SA. JORGE LUIS AVILA, dando continuidad a la actuación y estando en la sede del Comando procedo a incautarle preventivamente a la victima su teléfono celular el cual es marca KIOCERA, COLOR OSCURO, modelo E 2000, SERIAL D:03415535361 CON SU RESPECTIVA BATERIA MARCA KYOCERA, MODELO TXBAT10157, SERIAL 010729107180, PROVISTO DE SU TARJETA REMOVIBLE AL CUAL SE LE PUEDE LEER SANDISK 512 MB, SERIAL ILEGIBLE, POSEE CAMARA FOTOGRAFICA para que sirva en la investigación y procedo a comunicarme con el ciudadano Abogado JOSE LUIS Molina Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, a quien le participe del procedimiento practicado, este me manifestó que instruyera las actuaciones policiales y que remitiera las evidencias incautadas al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas sub. Delegación Valera donde quedaran depositadas en la sala de evidencias de ese Cuerpo Policial, los ciudadanos fueron recluidos en el Reten Policial El Cumbe y Femenino de Plata dos respectivamente, y el vehículo se envió al estacionamiento Romano donde quedo depositado disposición de esa Representación 4el Ministerio Público, es todo lo que tenemos que informar al respecto,...", surge otro elemento de convicción para estimar la participación de estos ciudadanos, como es la denuncia de la victima en la cual expresa" En esta misma fecha, siendo las 11.10 horas comparece a este despacho previa participación verbal una persona quien juramentada legalmente dijo ser y llamarse como queda escrito COLMENARES GONZALEZ MIGUEL ARCANGEL de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 9.170.643 alfabeta de 46 años de edad de profesión u oficio comerciante, estado civil casado, Natural de San Cristóbal estado Táchira y con Residencia en Calle Principal El Turagual, sector La Trinidad, casa Nro.2, municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, quien impuesto del motivo de su comparecencia manifestó lo siguiente .. Luego de haber formulado la denuncia en la Guardia Nacional sobre el hecho que me estaba ocurriendo ya que unas personas que yo no sabia quienes eran me estaban solicitando en una primera oportunidad la cantidad de SIETE MIL Bolívares FUERTES a cambio de no matarme, ya que me habían amenazado e inclusive dispararon sobre de mi mama a eso de las once y media, después de esto con los funcionarios de la Guardia Nacional se coordino un operativo para tratar de detener a estas personas, les entregue a los funcionarios de la Guardia nacional diez (10) billetes de VEINTE BOLlVARES FUERTES, ellos lo compactaron con varios recortes de papel periódico para simular la cantidad que me estaban solicitando, lo metieron en una bolsa de color verde y esta bolsa la introdujeron en otra de color negro e hicieron como un paquete, me lo volvieron a entregar y nos fuimos en mi vehículo Gran Cherokee de color madera metalizada de mi propiedad y en un vehículo corsa de color dorado para los lados de la zona industrial de Valera para esperar nuevamente la llamada telefónica ya que la persona que me estaba llamando me dijo que me llamaría a las seis de la tarde, estuvimos esperando hasta las ocho de la noche, cuando el que me estaba solicitando el dinero me llamo y me dijo" MIRA PANA, YA TIENES EL DINERO, MOSCA NO ME HAYAS DENUNCIADO PORQUE TE MATO" para ese entonces yo me encontraba con los funcionarios de la Guardia Nacional dentro de los carros que habíamos destinado para esto, yo le conteste al tipo que fuera para mi casa, que yo lo estaba esperando para entregarle ese dinero, entonces dos de los funcionarios vestidos de civil se vinieron conmigo ocultos dentro del carro y nos fuimos para el Turagual, yo metí a los funcionarios en mi casa donde tengo un galpón para esperar que estas personas llegaran a buscar el dinero, los otros funcionarios se fueron en el corsa a esperar la llamada de nosotros ya que habíamos coordinado lo que ellos iban a hacer, como a eso de las nueve y treinta y cuatro me llamaron nuevamente y me dijeron que ya iban a subir a buscar el dinero, subió un carro LTD de color AZUL OSCURO que tenia un caso de TAXI, venían tres personas, el que conducía era un hombre y a su lado venia una mujer, la mujer me hizo seña que mirara para la parte de atrás, el que iba en la parte de atrás bajo el vidrio, le vi que tenia como un suéter de color negro con su capucha y con esta se tapaba la cara y me dijo DAME EL DINERO y me apuntaba con una pistola, yo le dije DE LA VUELTA, QUE EL DINERO LO TENGO DENTRO DE LA CAMIONETA, entonces ellos dieron la vuelta por el sector, me dirigí a la camioneta mía y busque el paquete que me habían dado los funcionarios de la Guardia y los espere en la esquina, estas personas volvieron a regresar, el tipo que iba en la parte de atrás del L TD de color AZUL OSCURO, bajo el vidrio y yo le entregue el paquete que estaba en la bolsa y me aparte del carro, en una esquina estaba un motorizado, ese estaba con un suéter de color blanco y la moto era de color negra, en lo que llegaron los funcionarios de la Guardia Nacional y capturaron a los que estaban dentro del carro, el motorizado les disparo a los guardias y agarro hacia la parte baja del Turagual, a este yo lo reconocí y se donde vive, el es vecino del gordo que agarraron y creo que vive allí mismo donde vive el gordo, ese se llama YORDAN el es de Caracas y esta recién llegado de Caracas, cuando los funcionarios de la Guardia agarraron a los tres que andaban dentro del L TD al que me recibió el paquete de dinero le quitaron una pistola de color gris con cacha de madera y también le encontraron el paquete que yo le había dinero y donde estaba el dinero que se habia destinado para esto, a ellos se los trajeron en el mismo carro y a mi me trajeron a declarar, es todo. Seguidamente fue interrogado de la siguiente manera. PREGUNTADO. Diga usted, fecha, hora y lugar donde ocurrió el hecho que narra en su entrevista. CONTESTO. Eso fue anoche como a las diez de la noche, en el sector La Trinidad del Turagual, municipio San Rafael de carvajal debajo de mi casa, creo que se llama EDIXON. PREGUNTADO. Diga usted,..Tiene algo más que agregar. CONTESTO...". Aunado a que SURGE OTRO ELEMENTO DE CONVICION en la que hacen presumir la participación de estos ciudadanos en la comisión del hecho delictivo como es el ACTA POLICIAL Por medio de la presente yo, S/2 SANCHEZ CARRILLO LUIS ORANGEL ...la cedula de identidad Nº V-17.172.490, adscrito a la sección de Investigación Penales del destacamento N° 15 de la Guardia Nacional dejo constancia de conformidad con los artículos 110 y 238 del C.O.P.P, de la siguiente actuación policial y al efecto expongo "En el día de hoy 04 de Febrero del año en curso procedo a realizar la extracción de los registros de las llamadas telefónicas entrantes y salientes así como de los mensajes de textos que se encuentran en los teléfono celulares del ciudadano; aprehendido RAMIREZ ARAUJO EDIXON ENRIQUE titular de la cedula de identidad N° V-20.788.029, y donde aparece como victima el ciudadano MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZALEZ, Titular de la Cedula de Identidad N° V-9.170.643: TELEFONO INCAUTADO AL IMPUTADO: RAMIREZ ARAUJO EDIXON ENRIQUE C.I.V-20.788.029: Un teléfono marca UTSTARCOM, Modelo CDM8935MV, Serial Numero: 7470440983, con su respectiva Batería Marca UTSTARCOM, Serial Numero: DC071113LL7, es de línea Movilnet de Número 0416-1745983. - LLAMADAS PERDIDAS:- NO REGISTRA LLAMADAS.- LLAMADAS RECIBIDAS:- NO REGISTRA LLAMADAS.- LLAMADAS MARCADAS: -1.- AL 0416-1779251, A LAS 09:06 PM, DE FECHA 03/02/2009.MENSAJESRECIBIDOS: 01.- DE: 0416-0789778, Mire llame al tipo y lo amenaza y le dices que si echa paja habla con alguien que sea tal que va a matar alguno de la familia llama lo horita y me avisa pana CB#: *5*8-*90*. Fecha: 03-FEB-2009 Hora: 03:38 PM. 02.- DE: 0416-0789778, Pendiente que el tipo echo paja con la guardia pero deja lo quieto xq si le va a salir caro llama lo y me avisa CB #: *5*8-*9oFecha: 03-feb-2009 Hora: 06:07 PM. ELEMENTOS ENVIADOS :EN EL REGISTRO DE MENSAJES ENVIADOS NO SE DETECTO NINGUN MENSAJE SALIENTE 03..TELEFONO PROPIEDAD DE LA VICTIMA MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZALEZ. C.I.V- 9.170.643: Un teléfono marca KYOCERA, Modelo E2000, Serial Numero: D: 03415535361, con su respectiva Batería Marca KYOCERA, Modelo TXBAT10157, Serial Numero 010729107180, provisto de su memoria removible donde se le lee SANDISK 512 MB MICRO, es de línea Movilnet de Número 0416-1779251..LLAMADAS ENTRANTES:1.-DEL 0426-8265519, A LAS 06:28 PM, DE FECHA02/0212009. .2.. DEL 0416-0874745, A LAS 11 :35 AM, DE FECHA 03/0212009. .3.. DEL 0426-5735341, A LAS 03:45 PM, DE FECHA 03/0212009. 4.- DEL 0416-6734111, A LAS 08:20 PM, DE FECHA 03/02/2009. .5.-DEL 0416-1506328, A LAS 09:01 PM, DE FECHA 03/02/2009. ~..DEL 0416-1745983, A LAS 09:34 PM, DE FECHA 03/02/2009..LLAMADAS SALIENTES:.1.- AL 0416-1745983, A LAS 09:10 PM, DE FECHA 03/02/2009..LLAMADAS PERDIDAS:.NO REGISTRA LLAMADAS. MENSAJES: EN EL REGISTRO DE MENSAJES DE TEXTO NO SE DETECTO NINGUN MENSAJE ENTRANTE NI SALIENTE. REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICASNO de Caso: N° Registro _EL TURAGUAL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE CARVAJAL EDO Trujillo Firlia 03-02-2009 Lugar_ SECTOR LA 1RINIDAD DEL TURAGUAL MCPIO. SAN RAFAEL DE CARVAJAL .Trujillo Actuante DESTACAMENTO NRO. 15 GUARDIA NACIONAL BOLIVARlANA S): MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZALEZ CI. V- 9.170.643 FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA: A \TILA GONZALEZ Nombres JORGE 5.788.475 Rango:_SARGENTO AYUDANTE donde esta Adscrito: DESTACAMENTO 15 INVEST. PENALES EVIDENCIAS (S) Física (S n COLECTADA (S) Elemento de interés criminalistico uno (1) UNA PISTOLA CON EMPUÑADURA DE MADERA, NIQUELADA, SIN MARCA NI SERIAL VISIBLE, SE LE OBSERVA EN EL CAÑON LA NOMENCLATURA 9MM CTG, Elemento de interés criminalistico dos al UN CARGADOR NIQUELADO Elemento de interés criminalistico tres (3) DOS CARTUCHOS SIN PERCUTIR A LOS CUALES SE LES PUEDE LEER EN SU CULOTE LA NOMENCLATURA (CAVIM 93) y (CAVIM 07) EVIDENCIAS (S) FISICA (S) COLECTADA (S). Elemento de interés criminalistico uno (1) UN TELEFONO CELULAR MARCA UTSTARCOM, MODELO CDM8935MV,FCC ID: PP4l1, SERIAL NRO. 7470440983, CON SU RESPECTIVA BATERIA MARCA UTSTARCOM, SERIAL DC071113LL7, DE COLOR NEGRO, CON LlNEA MOVILNET NRO. ASIGNADO 0416-1745983.. INCAUTADO AL CIUDADANO. RAMIREZ ARAUJO EDIXON CI.V- 20.788.029 Elemento de interés criminalistico dos (2) TELÉFONO CELULAR EL CUAL ES MARCA KIOCERA, COLOR OSCURO, MODELO E 2000, SERIAL 0:03415535361 CON SU RESPECTIVA BATERIA MARCA KYOCERA, MODELO TXBAT10157. SERIAL 010729107180, PROVISTO DE SU TARJETA REMOVIBLE AL CUAL SE LE PUEDE LEER SANDISK 512 MB, SERIAL ILEGIBLE, POSEE ICAMARA FOTOGRAFICA INCAUTADO AL CIUDADANO MIGUEL ARCANGEL COLMENARES CI.V¬9.170.643 VICTIMA”. Finalmente se configura el peligro de fuga cuando EL CIUDADANO EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO (antes plenamente identificado), con ocasión haber ADMITIDO LOS HECHOS conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, quedo condenado a cumplir la pena corporal de TRES AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la ley sobre el hurto y robo de vehiculo automotor, en concordancia con el artículo 6 numeral 3 eiusdem en agravio de RIGOBERTO PAREDES, presenta esta causa en el tribunal de ejecución nº 02 bajo el numero : TP01-P-2006-001189, es decir que presenta antecedentes penales, Existiendo una presunción razonable por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga en la búsqueda de la verdad en virtud las siguientes circunstancias: 1.- La pena que podría llegarse a imponer en el presente caso, toda vez que el Legislador Penal establece una pena de Presidio considerable, para el delito de extorsión, que es de 4 a 8 años de prisión. 2.- La Magnitud del daño causado, debido a que se trata del delito de EXTORSION que vulnera bienes jurídicos tutelados como es la propiedad, la vida , mas aun mas cuando el mismo fue cometido conjuntamente con arma de fuego lo cual constituye otro delito que atenta contra el bien mas preciado que tiene un ser humano, como es el derecho a la vida.3.- La Presunción de Peligro de Fuga en virtud que el hecho punible prevee una pena de 4 a 8 años. 4.- Su comportamiento durante el proceso que por el delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR cursa actualmente en el Tribunal de Ejecución Nº 02, de este Circuito Judicial Penal. Por lo que se decreta la Aprehensión como Flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal de los ciudadanos EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO el delito de EXTORSIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 459 y 277 del Código Penal; Para el ciudadano JUAN GABRIEL UZCATEGUI CASIQUE, el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal y para la ciudadana FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, cometido en agravio de MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZÁLEZ y EL ORDEN PÚBLICO y así se decide. SEGUNDO: Se ordena la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Con respecto a la Medida se DECRETA MEDIDA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO el delito de EXTORSIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 459 y 277 del Código Penal siendo su lugar de reclusión: EL INTERNADO JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Líbrese la boleta de Encarcelación.; en relación a los otros ciudadanos SE IMPONE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITITUVA a los ciudadanos: JUAN GABRIEL UZCATEGUI CASIQUE, el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal y para la ciudadana FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, cometido en agravio de MIGUEL ARCANGEL COLMENARES GONZÁLEZ y EL ORDEN PÚBLICO; consistente en presentación por ante este Tribunal cada 15 días. Prohibición de cambiar de domicilio y Prohibición de salida de estado. Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación. Notifíquese a la victima. Se acuerda la expedición de las copias solicitadas. Esta decisión se basa en los artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 248, 250, 251, y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26, y 256 constitucionales, por lo que informa a las partes que la presente acta contiene el auto fundado de la decisión. Concluyó el acto siendo las 5:34 p.m. Se cumplieron con todas las formalidades de ley. Se leyó y conforme firman.
El Juez de Control Nº 04,


Abg. Juleny Rosas Bravo
El Fiscal

La Defensora Pública

El Imputado

El Defensor Privado

FIERRO LINARES JULIA JOSEFINA

JUAN GABRIEL UZCATEGUI CASIQUE

EDIXON ENRIQUE RAMIREZ ARAUJO
La Secretaria,


Abg. Patricia Hernández Perdomo