REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIRBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 25 de Febrero de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000037
ASUNTO : TP01-P-2009-000037

Revisada como ha sido la presente solicitud, este Tribunal para decidir observa:
La Solicitud

La Fiscal VII del Ministerio Público del Estado Trujillo, solicita autorización para la destrucción de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas incautadas en el PROCERSO PENAL que se le sigue al ciudadano: JIMMY EFRAIN LOZADA SOLER, en un peso remanente de CUATROCIENTOS (400) MILIGRAMOS DE MARIHUANA Y CUATRO (04) GRAMOS CON CIEN (100) MILIGRAMOS DE COCAÍNA BASE, según EXPERTICIA QUIMICA NUMERO N° 017 de fecha 23-01-2009 y Experticia Botánica N° 007 de fecha 23-01-2009, realizadas por la Experta JALIXSA JOSÉ RODRÍGUEZ VILLARROEL.

Motivación Para Decidir


Revisada la solicitud Fiscal, donde acompaña copia simple de la EXPERTICIA QUIMICA NUMERO N° 017 de fecha 23-01-2009 y Experticia BOTÁNICA N° 007 de fecha 23-01-2009, donde consta la incautación referida, este Tribunal observa que la solicitud reúne los requisitos establecidos en la Ley Especial para ser acordada, y en consecuencia, este Tribunal, considera procedente la destrucción de la sustancia incautada y debidamente experticiada, donde aparece como ACUSADO: JIMMY EFRAIN LOZADA SOLER, en un peso remanente de CUATROCIENTOS (400) MILIGRAMOS DE MARIHUANA Y CUATRO (04) GRAMOS CON CIEN (100) MILIGRAMOS DE COCAÍNA BASE, a ser destruida preferiblemente por incineración, previa comprobación por parte de la experto Jalixsa José Rodríguez Villarroel, de que dicho procedimiento se corresponde con la sustancia estupefaciente incautada, en el procedimiento policial realizado el 06-01-2009, y. Así se decide.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 04, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Autoriza a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de este Estado, con la presencia de la experto Jalixsa José Rodríguez Villaroel, para la destrucción de la sustancia incautada el 06-01-2009, al acusado: JIMMY EFRAIN LOZADA SOLER, venezolano, nacido en fecha 02-11-1981, de 27, años de edad, hijo de Emigdia de las Mercedes Soler Terán y Efraín Lozada Andrade, obrero (ayudante en una bloquera), titular Cédula de Identidad Nº 15.824.139, residenciado en Las Mesetas de Chimpire, parroquia José Leonardo Suárez, Barrio Causcaguita, calle principal, casa sin número, de color amarrillo, al frente de la Bloquera, Carvajal Municipio Antonio Nicolás Briceño, Estado Trujillo, en un peso remanente de CUATROCIENTOS (400) MILIGRAMOS DE MARIHUANA Y CUATRO (04) GRAMOS CON CIEN (100) MILIGRAMOS DE COCAÍNA BASE, según EXPERTICIA QUIMICA NUMERO N° 017 de fecha 23-01-2009 y Experticia Botánica N° 007 de fecha 23-01-2009, realizadas por la Experta JALIXSA JOSÉ RODRÍGUEZ VILLARROEL, de conformidad con lo establecido el artículo 59 en concordancia con el 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se acuerda la destrucción por incineración de la sustancia estupefaciente incautada. Notifíquese a la Fiscal solicitante, agréguense las actuaciones de la Solicitud a la Causa Penal.-

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La Juez de Juicio Nº 4


Abg. Fanny Elizabeth Terán Márquez
El Secretario