REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION DE MANUTENCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
VALERA, CUATRO (4) DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE.
198º y 149º
Visto el Convenimiento celebrado en fecha 29 de Enero de 2009, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatán de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, inserto a los folios 65 y 66 del Expediente consignado por el Abogado Juan Carlos Quiñones Orta, en copia certificada relativo al juicio principal Nº 27711, tanto por el abogado Juan Carlos Quiñones Orta, Apoderado Judicial de la parte demandante, Inpreabogado Nº 83.856, como por la parte demandada Ciudadano Fany Josefina Guillén Rojas, asistido por el Abogado en ejercicio Jesús Araujo, Inpreabogado Nro.88.608, identificados en Actas procesales, en consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Obligación de Manutención de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el presente Convenimiento, en los mismos términos y condiciones acordadas por ambas partes en el aludido Convenimiento, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena mantener el Expediente en el archivo de este Tribunal hasta tanto conste en autos el total cumplimiento de lo convenido. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABOG. PAULA TERESA CENTENO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YSMARY C. RODRIGUEZ F.
PTC/YCRF/Deyanira.
EXPEDIENTE Nº 27711.