TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 09 de Febrero de 2009.
198º y 149º
Actuación Nº 2463-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: NELLY JOSEFINA VALERO de QUINTERO.
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana NELLY JOSEFINA VALERO de QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.523.981, domiciliada en el Municipio Valera, Estado Trujillo, asistida por el abogado MÁXIMO RANGEL, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 46.740, solicita se declare a ella NELLY JOSEFINA VALERO de QUINTERO y a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ITALO QUINTERO LOSADA. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 24, acta de matrimonio al folio 23, actas de nacimiento insertas a los folios 21 y 22 y declaración de testigos cursante a los folios 5 al 20. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ITALO QUINTERO LOSADA, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 24 de la solicitud, a su esposa NELLY JOSEFINA VALERO de QUINTERO y a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
LA SECRETARIA
ABG. EVELYN RODRÍGUEZ
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