República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Sala de Juicio N° 2
Trujillo, 19 Febrero de 2009
198 y 149
Parte Solicitante: SERVICIO AUTONOMO DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE TRUJILLANO (SAPNNAT)
Expediente N° 3384-2
Vista la solicitud de permiso realizada por la ciudadana MARIANELA GONZALEZ PABON, en su carácter de Jefe Encargada del Centro del Servicio Autónomo de Protección al Niño, Niña y Adolescente Trujillano (SAPNNAT), mediante la cual pide que se autorice al adolescente (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), para que pueda pasar vacaciones de carnaval en el hogar del ciudadano LOPEZ DE JESUS GRATEROL, titular de la cédula de identidad Nro. 2.270.237, ubicado en el Sector Miranday casa s/n Parroquia Carache Municipio Carache del Estado Trujillo, a partir del 20-02-2009 al 25-02-2009.
DISPOSITIVA
PRIMERO: Se decreta permiso, para que el adolescente (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA) LEO, pueda pasar vacaciones de carnaval en el hogar del ciudadano LOPEZ DE JESUS GRATEROL, titular de la cédula de identidad Nro. 2.270.237, ubicado en el Sector Miranday casa s/n Parroquia Carache Municipio Carache del Estado Trujillo, a partir del 20-02-2009 al 25-02-2009.
SEGUNDO: Provéase y ofíciese lo conducente.
La Juez Unipersonal Nro. 2, El Secretario,
Abog. Alejandrina Rivas Ruiz Abog. Jorge León Alburjas
En esta misma fecha se público el presente fallo, siendo las 01:40 pm., dejando copia de la misma en el copiador de sentencias.
El Secretario,
Abog. Jorge León Alburjas
ARR/JELA/rosa
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