REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, TRES (03) DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE.-

198° y 149°

Vista la anterior diligencia, suscrita en fecha 30-01-2009, por la ciudadana: MASYULI PARTIDAS ALARCÓN, con el carácter de autos, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en la presente causa, por cuanto llegó a un acuerdo amistoso con el padre de su niña, ciudadano: YOEL EDUARDO MONTILLA, e igualmente solicita se de por terminada la presente causa, se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se ordene el archivo del expediente y se oficie al Gerente del Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) a los fines de cancelar la cuenta de ahorros N° 0007-0033-91-0010010379; por ser procedente lo solicitado, se acuerda de conformidad.- En consecuencia este Tribunal da por consumado el acto por el cual la parte demandante Desiste de la acción y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda igualmente oficiar al Gerente del Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) Agencia Boconó a los fines de cancelar la mencionada cuenta de ahorros, se ordena el archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, para su archivo definitivo.- Ofíciese lo conducente.-
La Juez Temporal

Abg. Soraya Soler Cuevas La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía
En la misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede y se ofició bajo el N° 3220-________.-
La Secretaria,

La anterior copia es traslado fiel y exacto de su original, lo que certifico en Boconó a los tres (03) días del mes de Febrero de dos mil nueve.-
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía