REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciocho de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2007-000483
PARTE ACTORA: MARIA NATIVIDAD BRICEÑO DE MARCANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AIDA LEÓN LUQUE
PARTE DEMANDADA: HIDROANDES e HIDROVEN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LOURDES LUQUE por HIDROANDES E HIDROVEN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy dieciocho (18) de febrero (02) de dos mil nueve (2009), siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de su apoderada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo o intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja igualmente constancia que la parte demandada no compareció a la prolongación. Se deja igualmente constancia que las partes estaban a derecho. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez


Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria

Abg. Luz Salome Matheus



En esta misma fecha se publico.
La Secretaria

Abg. Luz Salome Matheus