REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-016925
El Ciudadano DIXON JESUS ROMERO GORDILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-16.402.894, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que en el acta que reposa en el Registro Principal aparece errado el Apellido de su madre como CORDILLO, siendo lo correcto “GORDILLO”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el apellido de la madre del solicitante como “GORDILLO”. En consecuencia ordena al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 215, Folio 55, del año 1985. La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los doce (12) días del mes de Febrero de dos mil nueve. Años. 198° y 149°.
El Juez
La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte.
Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/rccg.-LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. BIANCA ESCALONA.
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