REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-F-2008-001181

El ciudadano JOSE ORLANDO SERRANO ZOMETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.465.456 de este domicilio, manifestó estar separado de su esposa MILEXA YAJAIRA RAMOS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 9.541.876, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 04-11-2008, se acordó la comparecencia de la cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran el ciudadano JOSE ORLANDO SERRANO ZOMETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.465.456 de este domicilio, y la ciudadana MILEXA YAJAIRA RAMOS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 9.541.876, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA, en fecha 12 de abril de 1989. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil nueve.
El JUEZ, LA SECRETARIA Acc.,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA

Publicada en su fecha a las 12:15 p.m.


HRPB/BE/m. Elena.