REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-010099

“Vistos”.
Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por el ciudadano JOSE FRANCISCO SEVERINO IPPOLITO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.541.566, asistido por el abogado EUCLIDES SEBASTIANI MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.079; en el cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, inserta en los libros llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 2115, folio s/n, del año 1.950; toda vez que en la misma se incurrió en el error involuntario de identificar a su padre como FRANCISCO SEVERINO; siendo sus verdaderos nombres y apellidos: “FRANCESCO SEVERINO MONZO. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copia certificada de la partida de nacimiento en cuestión, y copia certificada de las partida de nacimiento de su progenitor, presentando a efectum videndi a solicitud de este Juzgado, original del Pasaporte del padre y cédula de identidad laminada, así como también copia certificada del acta de defunción de éste. Admitida la solicitud, se acordó proveer por la vía sumaria, previa la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa: -------
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los Artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; de los cuales se evidencia fehacientemente el error del cual adolece el acta en cuestión, en el sentido de que el nombre correcto del progenitor del solicitante es: “FRANCESCO SEVERINO MONZO; y no Francisco Severino como erradamente fuese identificado en el acta de nacimiento en referencia; es por lo que considera quien juzga que la solicitud debe prosperar y así se decide.
Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO y ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento N° 2115, folio s/n de los libros respectivos, llevados durante el año 1.950. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente Decisión.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve. Años: 198° y 149°.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero


Seguidamente se publicó. Se dejó copia.
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El suscrito, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara. CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene, Sentencia que cursa en el Expediente N° KP02-S-2008-10099, y se expide por mandato judicial, en Barquisimeto, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve. Años: 198° y 149°.-

El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero


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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA




ASUNTO N° KP02-S-2008-010099



SOLICITANTES: JOSE FRANCISCO SEVERINO I.



MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA


SENTENCIA DEFINITIVA


CON LUGAR



12/02/20089




Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-010099


Oficio N° 265

Ciudadano:
Jefe Civil de la Parroquia Concepción
Municipio Iribarren del Estado Lara
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la Sentencia dictada con motivo de la solicitud de Rectificación de Partida, interpuesta por el ciudadano: José Francisco Severino Ippolito, a los fines de que se sirva estampar la correspondiente Nota Marginal, en el acta de nacimiento N° 2115, folio S/N, del año 1.950.



Dios y Federación


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez







Anexo lo indicado
OERL/luzmcs
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-010099


Oficio N° 266

Ciudadano:
Registrador Principal del Estado Lara
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la Sentencia dictada con motivo de la solicitud de Rectificación de Partida, interpuesta por el ciudadano: José Francisco Severino Ippolito, a los fines de que se sirva estampar la correspondiente Nota Marginal, en el acta de nacimiento N° 2115, folio S/N, del año 1.950.



Dios y Federación


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez







Anexo lo indicado
OERL/luzmc