Quibor: 19 de Febrero de 2009
198° y 149°

PARTES:
SOLICITANTE: DINA RAMOS, CI. N° 1.243.768
OBLIGADO: FABRICIO MORILLO, C.I. N° 12.371.800
BENEFICIARIA: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Vista el Acta de Conciliación N° 365-08, inserto al presente expediente emanado de la Defensoria Comunitaria del Niño y del Adolescente Parroquia JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ (sector Sur – Oeste), Municipio Jiménez del Estado Lara, con los recaudos presentados, suscrito por los Ciudadanos DINA RAMOS y FABRICIO MORILLO, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-1.243.768, Y V-12.371.800, respectivamente, en beneficio de XXXXXXXXXXXXXXX, por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo.
LA JUEZA

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE.

LA SECRETARIA SUPLENTE

SANDRA HERRERA DE ARTEAGA
Seguidamente se cumplió lo ordenado (Conste)
LA SECRETARIA SUPLENTE

SANDRA HERRERA DE ARTEAGA

Exp. N° 2669