REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
Trujillo, 27 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-002518
ASUNTO : TP01-P-2008-002518
AUTO DE PRÓRROGA DE LAPSO PARA PRESENTAR ACTO CONCLUSIVO
Vista la solicitud presentada por el abogado Rafael José Salas Moreno, Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de que se acuerde prórroga del lapso para presentar acto conclusivo en la investigación 21-F09-2163-2008-(182) que ese despacho fiscal instruye contra el ciudadano KEN ALEXIS LARES MONSALVE por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la adolescente YENIREE LOURDES MORILLO GARCES, este Tribunal encuentra que los motivos suministrados por el Ministerio Público para sustentar su petición, como lo es el de que el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, órgano comisionado por el Ministerio Público para la práctica de diligencias de investigación, debe tomar declaraciones a testigos, ciertamente hace necesario que se otorgue dicha prórroga y así el Ministerio Público recabe los elementos de convicción que sean necesarios para emitir el acto conclusivo que corresponda del mencionado ciudadano su declaración y de esta manera pueda también el imputado, según la facultad conferida por el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal, proponer la práctica de diligencias de investigación. Se estima entonces adecuado conceder la prórroga solicitada por el Ministerio Público por el plazo máximo de noventa días previsto en el artículo 79 de la mencionada ley especial. Así se decide.
En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia, ACUERDA PRÓRROGA por un lapso de noventa días del lapso para presentar acto conclusivo en la investigación 21-F09-2163-2008-(182) que ese despacho fiscal instruye contra el ciudadano KEN ALEXIS LARES MONSALVE por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la adolescente YENIREE LOURDES MORILLO GARCES, todo según lo previsto en el artículo 79 eiusdem.
Notifíquese de la presente decisión al Fiscal, al imputado y a la víctima, a estos últimos mediante carteles fijados a las puertas de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo previsto en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto este Tribunal no dispone de sus respectivas direcciones. Consérvense las presentes actuaciones en este despacho para efectos de facilitar el trámite administrativo una vez sea recibido el respectivo acto conclusivo o cualquier otra solicitud de las partes. Déjese copia. Cúmplase.
Abg. Francisco Elías Codecido Mora
Juez de Control N° 2
Abg. Deyanira del Carmen Fernández Carrillo
Secretaria
En fecha se libró notificación al Fiscal y se fijaron carteles de notificación.
Secretaria,