REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control 03
TRUJILLO, 3 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-005266
ASUNTO : TP01-P-2008-005266

En horas del día de hoy 03 de julio de 2009 la 02:00 de la tarde, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial en la causa seguida a los Imputados RAFAEL RAMON ANDRADE VETANCOURT Y DANIEL GARARDO CASTELLANO ANDRADE, se constituyó este Tribunal de de Control Nº 03 a cargo del Juez Abg. Antonio José Moreno matheus acompañado del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL V DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. NERLÚ VALERO PRIMERA, EL DEFENSOR PÚBLICO OSCAR COLMENARES, LOS IMPUTADOS RAFAEL RAMON ANDRADE VETANCOURT Y DANIEL GARARDO CASTELLANO ANDRADE. El Juez vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo y le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública quien expone:”Solicito se le fije un lapso prudencia de treinta (30) días al Ministerio Público a los fines de que presente acto conclusivo en la presente causa de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal y solicito la ampliación de la medida cautelar de presentación que pesa sobre mis defendidos . Seguidamente el Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Imputado RAFAEL RAMON ANDRADE VETANCOURT, titular de la cedula de identidad N° 11.896.373, natural de Valera, de 29 años de edad, nacido en fecha13/12/1969, casado, ocupación herrero, hijo de Juan Bautista Andrade y Maria Eloisa Betancourt, residenciado en la Cabecera de Carvajal callejón Nazaret Sector Nazaret donde están los apartamentos nuevos casa S/n después de la alcantarilla Municipio San Rafael De Carvajal estado Trujillo y expone: “Me acojo al precepto constitucional”. Seguidamente el Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Imputado DANIEL GARARDO CASTELLANO ANDRADE, titular de la cedula de identidad N° 17.831.170, natural de Valera, de 23 años de edad, nacido en fecha 31/15/1985, casado, ocupación Comerciante, hijo de Danis Castellanos y Gladis Andrade, residenciado en el Filo de Carvajal, Avenida 04 casa Nº 31 frente al Taller Pupilo Municipio San Rafael de Carvajal Trujillo y expone: “Yo cumplí las condiciones que me fueron impuestas”. Seguidamente el Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone:”Visto que faltan diligencias por realizar solicito al Tribunal un lapso de noventa (90) días para presentar acto conclusivo.
El Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Circuito Judicial del estado Trujillo, oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: como quiera que ha transcurrido once meses desde la celebración de la audiencia de presentación, el Tribunal considera ajustado a derecho fijar un lapso prudencial al Ministerio Público de sesenta (60) días para que presente acto conclusivo en la presente causa de conformidad a lo dispuesto en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Respecto a la ampliación de la medida de presentación solicitada por la defensa este Tribunal declara con lugar la solicitud de la defensa y se acuerda la ampliación de la medida de presentación cada sesenta (60) días a partir de la presente fecha de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal en razón a que de la revisión del sistema iuris se evidencia fiel cumplimiento de ambos imputados en sus presentaciones.

El Juez de Control Nº 03

Abg. Antonio José Moreno Matheus.

El Secretario

Abg. Jonnathan Briceño