REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución
TRUJILLO, 2 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-004032
ASUNTO : TP01-P-2006-004032
Revisada la causa seguida al ciudadano WILMER ALEXANDER SAAVEDRA JUSTO, que en fecha 04 de Mayo de 2.009 el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal decreto el SOBRESEIMITO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º por la presunta comisión de uno de los delitos de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , como es la Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, es decir no reviste carácter penal, mas sin embargo el Tribunal de Control aplicó las Medidas de Seguridad establecidas en el artículo 71 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, consiente en someterse a la cura de desintoxicación en el Psiquiátrico Francisco Sotillo.
Ahora bien, recibida esta causa en el Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en el cual la cusa sobreseyó de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º, considera el tribunal que el ciudadano WILMER ALEXANDER SAAVEDRA JUSTO debe someterse a la cura o desintoxicación en el Psiquiátrico Francisco Sotillo de conformidad con el Capitulo IV del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 71 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Penas y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; ACUERDA: PRIMERO: Las Medidas de Seguridad al ciudadano WILMER ALEXANDER SAAVEDRA JUSTO, quien manifestó nunca haber tramitado la cedula de identidad, de 19 años de edad, natural de Trujillo estado Trujillo, soltero, ocupación indefinida, hijo de José Manuel Saavedra y Maria Cristina Justo, residenciado en la Av. Andrés Bello, cerro el limón, parte baja, casa S/N, Trujillo estado Trujillo, consistente someterse a la cura o desintoxicación en el Psiquiátrico Francisco Sotillo de conformidad con el Capitulo IV del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 71 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas por el Lapso de seis (06) meses. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. TERCERO: Notifíquesele la penado para imponerlo. Ofíciese la Psiquiátrico Francisco Sotillo.
La Juez de Ejecución Nº 01 La Secretaria
Abg. Adriana Araujo Araujo Abg. María Alejandra Moreno
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