REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Boconó, veintitrés, (23) de Julio del año dos mil nueve (2.009).-
199º y 150º
EXPEDIENTE N° 2.373-2009
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos ANA MERCEDES MAURIELO DE AZUAJE y YHONNY JOSÉ AZUAJE ZAMBRANO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.259.030 y 9.379.482, respectivamente, asistidos por el Abogado en Ejercicio JUAN MANUEL CRUZ BAPTISTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Matricula N° 49.663, mediante la cual solicitan el DIVORCIO 185-A, este Tribunal no le da curso procesal a la pretensión presentada por los solicitantes por cuanto en actas corre inserta al folio doce (12) declaración de esta misma fecha de la ciudadana: ANA MERCEDES MAURIELO DE AZUAJE en la cual manifiesta tener una hija de nombre IOJEVED BATJANA AZUAJE MAURIELO, menor de edad, procreada en unión matrimonial con el ciudadano: YHONNY JOSÉ AZUAJE ZAMBRANO; por lo tanto se declara INADMISIBLE la solicitud presentada y de acuerdo a la RESOLUCIÓN N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su Artículo 3.- Los Juzgados de Municipio conocerán de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza. En consecuencia, quedan sin efecto las competencias designadas por textos normativos preconstitucionales. Quedando incólume las competencias que en materia de violencia contra la mujer tienen atribuida. Y Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
La Jueza Temporal,

Abg. Soraya Soler Cuevas La Secretaria,

SS/YF/lbg Yonely Fernández Mejía