REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 21-07-2009
199° y 150°

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistida)

ASUNTO Nº KP02-L-2008-1951

PARTE ACTORA: JUAN CARLOS MORALES HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.804.156
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: SARAH OTAMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.218
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 21 de julio del 2009, siendo las 2:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil JEAN LEONARDO TUA; quien señala que la parte actora ciudadano JUAN CARLOS MORALES HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.804.156, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A, comparece su apoderada abogado SARAH OTAMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.218. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 199° Y 150°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


LOS COMPARECIENTES LA SECRETARIA