REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 26 de junio de 2009
Años; 199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-001948
PARTE ACTORA: ALFREDO ORLANDO FARFAN Y FRANKLIN ORLANDO ESCALONA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MIRVIC CRISTINA GARCIA ESCALONA.
PARTE DEMANDADA: YAMIL ANTONIO KHAWAIN ROJAS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SOUAD SAKR SAER INPRE 35.137
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 26 de Junio de 2009 día siendo las 10:30 am, anunciado el acto por el Alguacil comparecieron ante este Tribunal la apoderada judicial de la parte demandante Abogada MIRVIC CRISTINA GARCIA ESCALONA Inpre 104.014 ; y por la parte demandada YAMIL ANTONIO KHAWAIN ROJAS, su apoderada judicial Abogado SOUAD ROSA SAKR SAER, según poder que consta en autos, dandose inicio a la audiencia.
Después de algunas deliberaciones las partes manifiestan que han celebrado la siguiente TRANSACCION JUDICIAL que se contiene en las estipulaciones siguientes, el cual someten a la consideración del tribunal para que lo HOMOLOGUE Y de por CONCLUIDO el presente proceso conforme a lo previsto en el art. 133 de la Ley Orgànica Procesal del Trabajo:
PRIMERA: la parte accionada expone: reconocemos la relación laboral de los reclamantes, la fecha de ingreso y de egreso, sin embargo alegamos que existen pagos realizados a la reclamante por concepto de adelanto de prestaciones sociales. En razón de ello, diferimos respecto de los cálculos presentados y utilizados por la actora, presentamos y OFRECEMOS pagar los conceptos laborales que le corresponden a los demandantes, los cuales según cálculos son una diferencia de prestaciones sociales para el ciudadano ALFREDO ORLANDO FARFAN, por la cantidad de TRECE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.- 13.500,00) en este acto según cheque Nro 00242805, girado contra el Banco Occidental de Descuento cuenta Nro 2132010881; y para el ciudadano FRANKLIN ORLANDO ESCALONA, por la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.- 4.500,00) en este acto según cheque Nro 00242806, girado contra el Banco Occidental de Descuento cuenta Nro 2132010881.
SEGUNDA: la abogada de la parte actora MIRVIC CRISTINA GARCIA ESCALONA expone: “Con el propósito de dar por terminada la presente reclamación ACEPTO el ofrecimiento de la parte accionada, reconozco la existencia de pagos realizados por la empresa por conceptos de adelanto de prestaciones sociales, por lo que acepto el monto y la forma de pago ofrecida en este acto para los ciudadanos ALFREDO ORLANDO FARFAN Y FRANKLIN ORLANDO ESCALONA. Declaro que esta cantidad de dinero ofrecida según se describió en el numeral primero de esta acta, incluye todos los conceptos reclamados, prestaciones de antigüedad, intereses sobre antiguedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades fraccionadas, indemnización de antigüedad y compensación por transferencia, con lo cual la demandada nada adeuda, ni por estos ni por ningún otro concepto, derivado de la relación laboral que unió a las partes, por lo que otorgo el mas amplio finiquito de sus obligaciones. Declaro también que recibo conforme el cheque antes mencionado.”
TERCERA: las partes consideran que con el presente acuerdo dan por terminado el presente litigio así como cualquier obligación obrero-patronal surgida entre las partes y así lo solicitan sea declarado por este tribunal así como HOMOLOGAR la presente transacción, y al cumplir con todos los pagos proceda a dar por TERMINADO el proceso y archivado el expediente.
Este tribunal, vistos que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica procesal del trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada, dara por CONCLUIDO el presente proceso una vez conste que los cheques se hicieron efectivos. Se hacen cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
La Juez
ALICIA FIGUEROA ROMERO
La parte actora, La parte demandada,
La secretaria,
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