REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-V-2007-002348
Vista la TRANSACCIÓN, presentada por el Abogado en ejercicio JULIO JASPE, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA MARGARITA MARTIN DE VELIZ, parte demandante, por una parte y por la parte demandada el ciudadano JOSÉ GREGORIO YEPEZ, asistido por la Abogada en ejercicio NAURIMAR ALVARADO MOLINA, en fecha 07/07/2009, en el presente juicio de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente en su oportunidad y remítase al Archivo Judicial para su guarda y custodia en su oportunidad.
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/jysp.
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