En el día de hoy, 22 de Julio del año Dos Mil Nueve (2.009), siendo las 09:30 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, integrado por la Juez Abogado Emma Liris García Ramos y la Secretaria: Abogado Yetzaida Marisby Toro Varela, en la siguiente dirección: Calle Juan de Dios Ponte con Calle La Cruz y General Alvizu, Edificio Poderes Públicos, Oficina N° 1, despacho del Alcalde del Municipio Palavecino Richard Coroba. Aacompañadas por la parte actora ciudadana Tamara Gontscharenco, títular de la cedula de identidad N° 2.120.466, a los fines de dar fiel cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Superior Civil y Contenciosos Administrativo de la Región Centro-Occidental, con ocasión del Juicio por AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por la ciudadana Tamara Gontscharenco identificada anteriormente, contra la Alcaldía del Municipio Palavecino del Estado Lara; para practicar Medida Innominada. Se dejo plena constancia, que se dio un lapso de espera de 30 min. a los fines de que hiciera acto de presencia el funcionario adscrito a la defensoria del pueblo. Una vez en el lugar y realizado el llamado de Ley, fuimos atendidos por la representante de la Alcaldía del Municipio Palavecino, ciudadana Lily Katiuska Malledo Márquez, titular de la cédula de identidad Nro. 7.406.123, quien fue impuesta de la Misión del Tribunal, inmediatamente la notificada llama telefónicamente al Sindico Procurador a los fines de que atendiera al tribunal, En este estado hizo acto de presencia el ciudadano Abogado Rafael Paradas, títular de la cedula de identidad N° 14.270.763, inscrito IPSA 104.242, en su carácter de Sindico Procurador, a quien también fue notificado de la misión del tribunal y así como del contenido de Despacho decretado por el Juzgado Superior Civil y Contenciosos Administrativo de la Región Centro-Occidental por el juicio de Amparo Constitucional, quien expuso: vista la notificación realizada por el juzgado ejecutor de medidas en el día 22-07-2009, me acojo al lapso de legal de 5 días hábiles, tal como reza en el oficio 1469-09 de fecha: 10-06-2009 emanado por el juzgado comitente para dar respuesta oportuna a lo solicitado, así mismo manifiesto que recibí el oficio 1469-09 de fecha: 16-06-2009, dirigido al ciudadano alcalde del municipio Palavecino, para ser entregado al mismo en 23 folios útiles en copias debidamente certificada, es todo”. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, cumplida la Medida Innominada decretada por el comitente, además se deja constancia que fuimos atendidos por el sindico procurador por cuanto el alcalde no se encontraba en la Alcaldía y estaba cumpliendo sus labores cotidianas. Siendo las 11:00 a.m., se ordena el regreso del Tribunal a su sede de origen.