REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control 03
TRUJILLO, 15 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-006429
ASUNTO : TP01-P-2008-006429

Vista la solicitud realizada por el Abg.-DIGNA MARY ARAUJO Fiscal VII del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien solicita autorización para la destrucción de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo previsto en los artículos 112 y 119 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la causa seguida al ciudadano MIELVIS JOSE CANO NUÑEZ signada bajo el Nª TPO1-P-2008-006429 por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; Este Tribunal para decidir observa:
El Fiscal Séptimo del Ministerio Público, anexo en su oportunidad a la solicitud copia de la experticia botánica Nª 005- de fecha 16- 11- 2.008 realizada por la experto JALIXSA JOSE RODRIGUEZ VILLARROEL, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Región Trujillo, con un peso remanente de DIEZ ( 10 ) GRAMOS CON SEISCIENTOS( 600 ) MILIGRAMOS DE MARIHUANA. Planilla de remisión Nª 3.681 EXPEDIENTE FISCAL Nª 21- F7-475-2008 , de la citada sustancia estupefaciente con lo que se demuestra la realización de las pericias necesarias para probar si la sustancia incautada es de ilícito comercio o transporte, igualmente el artículo 112 de la ley en comento faculta al juez de Control para autorizar la destrucción de la sustancia incautada; en tal sentido, la solicitud de incineración es conforme a derecho, lo acuerda el Tribunal por ser procedente la cual habia sido solicitada bajo oficio N- TR-7-7038 de fecha 02- 12- 2.008 que fuera recibido en fecha 04- 12- 2.008 por ante el alguacilazgo y no consta en autos el debido pronunciamiento por el juzgador que en aquel entonces y que cursa al folio 60 de las actuaciones, y asi se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, AUTORIZA LA DESTRUCCION DE LA SUSTANCIA REQUERIDA POR LA FISCALIA VII DEL MINISTERIO PUBLICO conforme a los artículos 112 y 119 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la causa seguida al ciudadano MIELVIS JOSE CANO NUÑEZ signada bajo el Nª TPO1-P-2008-006429 por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión con la advertencia que la audiencia preliminar se encuentra fijada para el 01- 07- 2.009 a las 10ª.m.


El JUEZ
Antonio J. Moreno Matheus

El Secretario

Oscar Vinicio Briceño