REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 01 de junio de 2.009
199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 07 de mayo del presente año, suscrita por el ciudadano ADALBERTO DE JESÚS VAZQUEZ MONTILLA, asistido por el abogado en ejercicio MANUEL ENRIQUE ARAUJO MOGOLLON, mediante la cual señala que se encuentra en posesión de uno de los bienes objeto del presente juicio, siendo que su posesión se ha regularizado por documento registrado ante la Oficina de Registro Inmobiliario del municipio Urdaneta del estado Trujillo, en fecha 19 de diciembre de 2.005, solicitando se le garantice el Derecho de Permanencia, a reserva de ejercer tercería en los términos del artículo 370 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, asimismo, que se le mantenga a derecho mediante notificación; en tal sentido este Tribunal observa, que no consta en autos declaratoria de Derecho de Permanencia otorgado por el organismo administrativo correspondiente, máxime cuando para el otorgamiento de tal declaratoria éste Tribunal carece de jurisdicción. Asimismo, este Tribunal observa que el diligenciante solicita se le mantenga a derecho, con fundamento a lo señalado anteriormente, siendo que ello no constituye una incursión adecuada al proceso, toda vez que no se trata de una demanda de tercería, como bien lo manifiesta expresamente el diligenciante, de manera que no puede tenerse como parte en el proceso al referido ciudadano, y en consecuencia resulta IMPROCEDENTE la solicitud de que se le notifique y mantenga a derecho en el proceso, porque tal prerrogativa se le concede sólo a quienes son parte. Y así se decide.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea