TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 22 de Junio de 2009.
199º y 150º
Actuaciones Nº 2534-1
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE.
SOLICITANTE: CARLA BERTI BERRIOS.
Vista la solicitud realizada por la ciudadana CARLA BERTI BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.261.404, domiciliada en el Municipio Boconó, Estado Trujillo, actuando en nombre y representación de su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), asistida por el abogado FROILAN R. MORILLO M., inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 75.092, en la cual solicita autorización para gestionar la expedición de pasaporte para el referido niño, ante la Oficina de la Dirección de Identificación y Extranjería. Este Tribunal para decidir observa. El artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña del Adolescente contempla “El padre y la madre que ejercen la patria potestad tienen el deber compartido, igual e irrenunciable de ejercer la Responsabilidad de Crianza de sus hijos o hijas y son responsables, civil, administrativa y penalmente por su inadecuado cumplimiento...Para el ejercicio de la Custodia se requiere el contacto directo con los hijos e hijas y como, por tanto, deben convivir con quien la ejerzan”. En este caso el niño está bajo la custodia de su madre, según consta de la Partida de Nacimiento N° 86, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Boconó, Estado Trujillo, el padre del niño ciudadano JACINTO ANTONIO MARVAL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.763.133, fue legalmente citado, conforme consta al folio 10, quien no compareció ante el Tribunal hacer oposición a dicha solicitud. Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo ante mencionado y el 8 ejusdem, considera procedente otorgar la autorización solicitada, razones por las cuales este Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Trujillo, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana CARLA BERTI BERRIOS, para que gestione la expedición de pasaporte de su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), ante la Oficina de la Dirección de Identificación y Extranjería.
SEGUNDO: Provéase lo conducente.

LA JUEZ

ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA

LA SECRETARIA

ABG. EVELYN RODRÍGUEZ