Solicitud Nro. 2752.
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, DIECISIETE (17) DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE (2.009).
199° y 150°
Vista la solicitud que antecede presentada por el ciudadano ROSENDO LENIN MORILLO BRIZUELA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.939.852, asistido por la Abogado ELBA ROSA ANGEL CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.376.000, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.466, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare como Únicos y Universales Herederos de la Cujus IRENE COROMOTO BRIZUELA ROSARIO, quien era venezolana, mayor de edad y portadora de la Cédula de Identidad N° V-4.314.379, quien falleció en fecha 20 de Diciembre de 2.007, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Trujillo, signada con el Acta Nro. 06, de fecha 07-01-2.008, la cual cursa a los folios 08 y 09 del presente expediente. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados; declaración de testigos evacuado por ante este Tribunal, Acta de Defunción de Irene Coromoto Brizuela Rosario, así como las Partidas de Nacimiento de sus hijos, y Sentencia de Divorcio de la Causante Irene Coromoto Brizuela Rosario.
En este estado procede este juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Declaración de los Testigos MARIA ELENA MONTILLA MONTILLA y ANTONY JOSE AVILA AVILA, rendidas el 22 de Abril de 2.009, cursante a los folios 05 y 06 del presente expediente, quines manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a ROSENDO LENIN MORILLO BRIZUELA, que es hijo de Irene Coromoto Brizuela Rosario que la misma falleció el 20 de Diciembre de 2.007, en la Parroquia Cristóbal Mendoza, que era de estado civil Divorciada, que tuvo tres (03) hijos de Nombres: LIZBETH COROMOTO MORILLO BRIZUELA, IRAIMA DEL CARMEN MORILLO BRIZUELA y ROSENDO LENIN MORILLO BRIZUELA, que los mismos son los Únicos y Universales Herederos de su Difunta Madre. Dichos testigos le merecen fe a este juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna. 2.-) Acta de Defunción de la causante, donde se evidencia que la misma falleció en fecha 20 de Diciembre de 2.007, tal y como lo alegó el solicitante. 3.-) Partidas de Nacimiento de los ciudadanos: Lizbeth Coromoto Morillo Brizuela, Iraima del Carmen Morillo Brizuela y Rosendo Lenin Morillo Brizuela, inserta a los folios 10 al 15, en las cuales se evidencia que son hijos de la causante. 4.-) Sentencia de Divorcio de la Extinta Irene Coromoto Brizuela Rosario emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, Tránsito, Agrario y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción judicial del Estado Trujillo, de fecha 03 de Marzo de 1.994; donde se evidencia que la Causante era de estado Civil Divorciada, cursante a los folios del 20 al 22.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Cujus IRENE COROMOTO BRIZUELA ROSARIO, quien falleciera en fecha 20 de Diciembre de 2.007, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Trujillo, signada con el Acta Nro. 06, de fecha 07-01-2.008, a los ciudadanos: LIZBETH COROMOTO MORILLO BRIZUELA, IRAIMA DEL CARMEN MORILLO BRIZUELA y ROSENDO LENIN MORILLO BRIZUELA como hijos de la causante IRENE COROMOTO BRIZUELA ROSARIO. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvase todas las actuaciones en Original al solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ,

ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,

SILVIO JOSE ARAUJO CAÑIZALEZ









Solic. N° 2752