REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintidós de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2009-000021
PARTE OFERENTE: PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 99.99 C.A, APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: MAYROBIS QUIJADA
PARTE OFERIDA: CARLOS ROJAS
PROCURADOR DE TRABAJADORES: JUAN VILORIA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, 22 de Junio de 2009, siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 99.99 C.A, parte oferente en la persona de su Apoderada judicial Abg. MAYROBIS QUIJADA, inscrita en el IPSA bajo el N- 28.895, y la parte oferida ciudadano CARLOS ROJAS, titular de la cedula de identidad N- 4.325.955, asistido por el Procurador de Trabajadores Abg. JUAN VILORIA, inscrito en el IPSA bajo el N- 63.005, quienes han llegado al siguiente acuerdo: luego de depuradas las cuentas en virtud de que en la oferta real de pago no se había tomado en cuenta los conceptos de horas extras y dos (2) semanas trabajadas y adeudadas lo cual totaliza el monto de Bs. 7.080,00 pagaderos el día viernes 26 de junio de 2009 mediante cheque, que sumados a la cantidad de Bs. 5.111,79 ofertados por la empresa totaliza la cantidad de Bs. 12.191,79; que en este acto la parte oferida esta de acuerdo y acepta libre de constreñimiento, y manifiesta que con lo acá acordado la empresa nada le adeudará ni por estos conceptos ni por ningún otro, que una vez recibido el cheque de Bs. 7.080,00 se sirva dar por terminado el asunto y que se ordene el archivo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. En este acto se ordenara a la oficina de Control y Consignación le sea entregado la libreta aperturada a nombre del trabajador.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria

Abg. Irene Vanderlinder


Parte Oferente


Parte Oferida Procurador de Trabajadores