REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Barquisimeto 05 de junio del 2009
Año 199º y 150º

ACTA DE DESISTIMIENTO


ASUNTO: KP02-L-2008-2066

PARTE ACTORA ANDRILEIRRY CARDIELIS COLMENARES ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.579.443

PARTE DEMANDADA: EL SEÑOR DE LOS ALIÑOS

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 05 de JUNIO de 2009, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadana ANDRILEIRRY CARDIELIS COLMENARES ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.579.443 y que la parte demandada EL SEÑOR DE LOS ALIÑOS, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JOSE ANTONIO MARQUEZ, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.

LA JUEZ

ABG. EUGENIA MARÍA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA

ABG. YESENIA VASQUEZ R.
EL ALGUACIL