REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 3 de Junio de 2009
Años: 199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-001908
PARTE ACTORA: OSWALDO ANDRES PINEDA CARRASCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIANGEL ARGUELLES SALAS
PARTE DEMANDADA: CALZADOS LA PRINCESA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy tres de junio de dos mil nueve, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora OSWALDO ANDRES PINEDA CARRASCO ni la parte demandada no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, tan solo la Procuradora de Trabajadores Abg. HAIDY CARRASCO Inpre 90.180, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
El Juez


Abg. Alicia Figueroa Romero
La Procuradora , El Secretario