REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, 18 de junio de 2.009.
Año 199º y 150º

Nº KP12-V-2009-000029

Demandante: Petra Lucinda Sisiruca Sisiruca, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.249.956, domiciliada en las Palmitas, parroquia Trinidad Samuel, municipio Torres del estado Lara.
Demandado: Franklin José Juárez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.952.575, domiciliado en la carretera Lara Zulia, sector El Olivo, municipio Torres del estado Lara.

Motivo: Desistimiento de procedimiento de obligación de manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 09 de febrero de 2009, la ciudadana Petra Lucinda Sisiruca Sisiruca, ya identificada, debidamente asistida la Defensora Pública Segunda Suplente, Abg. Luisana Eastman Lugo, instauró ante este Juzgado, actuando en nombre y representación de sus hijos, demanda de revisión de la obligación de manutención, en contra del ciudadano Franklin José Juárez, ya identificado, en la cual alegó que hace más de dos años se dictó sentencia y la cantidad que se estableció le ha resultado insuficiente para satisfacer las necesidades de los niños, por lo que formalmente solicitó la revisión de la sentencia, con fundamento en el artículo 376 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asimismo indicó que la obligación de manutención fuere fijada en la cantidad de Ciento Veinte semanales (BsF. 120,00), a razón de Cuatrocientos Ochenta Bolívares Fuertes (BsF. 480,00) mensuales. Se admitió la demanda y se ordenó notificar al demandado ciudadano Franklin José Juárez, ya identificado, se acordó oficiar al organismo empleador.

En el despacho del día de hoy 13 de mayo de 2009, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de mediación, en el procedimiento de obligación de manutención, intentado ante este despacho por la ciudadana Petra Lucinda Sisiruca Sisiruca, ya identificada, en contra del ciudadano Franklin José Juárez, cuyos beneficiarios son los niños (Identidad omitida en concordancia con el Artículo 65 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), fijada la referida audiencia, en auto de fecha diez (10) de junio de 2.009, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial y estando presente la Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Abg. Rosángela M. Sorondo Gil, se dejó expresa constancia que no compareció a la audiencia la parte demandante, personalmente ni por intermedio de apoderado judicial alguno que le representare, por lo que en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes se declara DESISTIDO el procedimiento y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

Abg. ROSANGELA M. SORONDO GIL.
LA SECRETARIA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 233-2.009, siendo las 11:15 a.m.
LA SECRETARIA
Asunto Nº KP12-V-2009-000029.