En fecha 04/05/2009, los ciudadanos: PASTOR ALBERTO DURAN MEDINA y MIREYA ROSA FALCÓN, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-4.725.555 y V-5242.765, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio DENNY ROCIO ESCALONA COLMENAREZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 119.598; presentaron solicitud de divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años. Admitida la solicitud se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Se notificó en fecha 11/05/2009. En fecha 14/05/2009 La Fiscal del Ministerio Público en materia de familia presentó escrito sin objeciones a la solicitud. Para decidir, el Tribunal, observa: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------