Quibor, 08 de Junio del 2009.
199° y 150°
EXP. N° 1808.
PARTES: DAZA YANETH COROMOTO, C.I. N° V-10.962.786.
DAZA VICTOR HUGO, C.I. N° V-12.370.130.
BENEFICIARIA: XXXXXXXXXXXXXX
MOTIVO: MANUTENCION
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folio Setenta y Uno (71) suscrito por los Ciudadanos: DAZA YANETH COROMOTO Y DAZA VICTOR HUGO, Titulares de las Cédulas de Identidad Nª V-10.962.786. Y V-12.370.130, respectivamente, en beneficio de: XXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño, Niña y Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Cúmplase.
LA JUEZA,
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
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