REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 17 de junio de 2009

ASUNTO: KP02-L-2008-001494

PARTE ACTORA: CARLOS LUIS BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.689.445.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RAIZA MERINO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.454, Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara.
PARTE DEMANDADA: MUEBLERIA EL GOLAZO DEL PUNTO ROJO C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 17 de Junio de 2009, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; que la no compareció ninguna de las partes ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Se deja constancia de la comparecencia sin poder de la abogada Raiza Merino, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.454, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores.

La Jueza

Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre
La Secretaria,
Abg. Margareth Sánchez

POR LA PARTE DEMANDANTE,
POR LA PARTE DEMANDADA,