REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 19 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000132
ASUNTO : TP01-P-2009-000132
Visto el Memorandum, remitido por la Presidenta de este Circuito Judicial Penal, de fecha 19 de Marzo de 2009, informando sobre la situación que se suscito el día Dieciséis (16) de Marzo del corriente año, cuando cinco (5) personas que se encontraban detenidas por medidas privativas de libertad se fugaron del Reten Policial El Cumbe, en horas de la madrugada, por unas de las rejas de la parte de atrás de las escaleras que dan a la segunda planta, que según el referido recinto en la actualidad alberga ochenta (80) personas y en muchos casos numeroso mayores de cien (100), cuando su capacidad máxima es de cuarenta (40) reclusos, por tal razón, solicita a este despacho se ordene el traslado de los internos que se encuentran a la orden de este despacho, en virtud de las modificaciones y reparaciones de acondicionamiento necesarias que ofrezcan seguridad y condiciones humanas para albergar personas allí. Este tribunal, atendiendo a la solicitud planteada por la Presidencia de este Circuito Penal, motivado a la situación presentada, acuerda autorizar el traslado desde el departamento policial Nº 38, hasta el Internado judicial de este estado Trujillo, del ciudadano JEFFERSON ASDRUBAL PÉREZ, quien se encuentra a la orden de este tribunal, por la presunta comisión del delito, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO. Líbrese la correspondiente boleta de traslado. Notifíquesele a las partes
El Juez de Control Nº 03 La Secretaria
Abg Adriana Araujo Araujo Abg Yaysury Avila