REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 22 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000855
ASUNTO : TP01-P-2009-000855


ORDEN DE APREHENSIÓN

Visto el escrito presentado por los Abogados CHANTI OZONIAN PUZANTIAN y LARRY ANTONIO SUCRE HERNANDEZ, procediendo en este acto con el carácter de Fiscal Cuarto y Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, donde solicita de conformidad con el articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal la Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos: ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE, cedula de identidad Nº V- 19.644.730, de 21 años, residenciado en la carretera Panamericana, frente a la estación de servicio la Chiquinquirá, El Dividive, municipio Miranda, estado Trujillo; PIEDRA GARCIA DULVIS JOSE, venezolano, natural de Valera estado Trujillo, de 18 años de edad, soltero, residenciado en calle Buenos Aires, numero 64, Valera estado Trujillo; DURAN CORONADO JOSE LUIS, venezolano, de 20 años, soltero, residenciado en la dirección calle Chiquinquirá, numero 12-18, sector Los Rurales, estado Trujillo, cedula de identidad Nº V-19.795.261, y PEREZ ENDER ALEXANDER, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-25.604.805, natural de Valera, estado Trujillo, soltero, obrero, residenciado en el Dividive, sector Miranda, casa sin numero, al frente de la escuela, municipio Miranda, estado Trujillo, este Tribunal para decidir observa: Fundamenta el Ministerio Público su solicitud en investigación que cursan ante ese Despacho, signada con el N°D21-6126-2008, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en la circunstancia de alevosía, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, en agravio del ciudadano, hoy occiso, ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, con cédula de identidad N° V- 19.898.688;que hecho ocurrido en fecha 06 de julio de 2008, en la vía pública frente a la tasca “La Orquídea”, ubicada en el sector las Palmitas del Dividive, municipio Miranda estado Trujillo, aproximadamente a las 02:30 horas de la madrugada. Tal calificación jurídica obedece al hecho cierto que los investigados de autos ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE; PIEDRA GARCIA DU LVIS JOSE; DURAN CORONADO JOSE LUIS y PEREZ ENDER ALEXANDER, antes identificados, se bajan de un carro color verde oscuro, modelo palio con armas de fuego en las manos, obrando sobre seguro o con cautela, aprovechando la circunstancia de que la víctima se encontraba indefensa, puesto que no portaban armas de fuego que les permitiera repeler el accionar de los imputados y sin mediar palabras comenzaron a dispararle al ciudadano hoy occiso ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, quien se encontraba en compañía de su concubina CHACON HERNÁNDEZ SOLANGEL MARIA, posteriormente estos sujetos se montaron en el carro y se fueron; con este accionar ocasionaron la muerte de la prenombrada víctima. De la Investigación penal surgen suficientes y fundados elementos de convicción para considerar a los ciudadanos ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE; PIEDRA GARCIA DULVIS JOSE; DURAN CORONADO JOSE LUIS y PEREZ ENDER ALEXANDER, ampliamente identificados supra, como autores del delito mencionado anteriormente, existe hecho punible Contra Las Personas, que merece pena privativa de libertad, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, que existen fundados elementos de convicción para estimar que el ciudadano arriba mencionado ha sido autor o participe en la comisión del hecho punible mencionado, en virtud de los elementos que cursan en dicha solicitud y los cuales son:

PRIMERO: Cursa en la investigación trascripción de novedad de fecha 06 de julio de 2008, suscrita por el funcionario Detective ALFREDO HERNANDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Trujillo, en la cual deja constancia de lo siguiente:”…se recibe la misma por parte del Sargento de la FAPET, JOSE ROJAS, adscrito al departamento policial numero 31 del Dividive, Municipio Miranda estado trujillo, informando que al frente del Ambulatorio del Dividive se encuentra el cuerpo sin vida de una persona adulta del sexo masculino quien en vida respondiera al nombre de ELVIS VALERO, presentando una herida por arma de fuego….”

SEGUNDO: Cursa en la investigación Inspección Técnica N° 1338, de fecha 06 de julio de 2008 suscrita por los funcionarios RICHARD FONTANA, ALFREDO HERNANDEZ y FERNANDO ALVAREZ, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación trujillo, quienes practicaron inspección en la siguiente dirección: Via pública, calle Bolívar entre avenida Enrique Flores y Pueblo viejo, del Dividive, municipio Miranda estado Trujillo, dejando constancia de lo siguiente: “…sitio ABIERTO, … conformado con una carretera de asfalto de topografía semi inclinada, con circulación vehicular en ambos sentidos,…. Con vista al observador hacia el margen derecho de la vía, se aprecia un ambulatorio,… lleva por nombre ambulatorio rural II el Dividive,… sobre la superficie del pavimento, se aprecia el cadáver de un apersona adulta del sexo masculino, con sus extremidades superiores e inferiores extendidas, este porta como vestimenta un jeans azul, sin talla ni marca aparente, una chemis de rayas color marrón y beige, marca radical, talla única, impregnada de una sustancias de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, presenta solución de continuidad en la región mamar izquierdo,… se le aprecia la siguiente herida: de forma circular en la región mamar izquierda…”

TERCERO: Cursa en la investigación Inspección Técnica N° 1339, de fecha 06 de julio de 2008, suscrita por los funcionarios RICHARD FONTANA, ALFREDO HERNANDEZ y FERNANDO ALVAREZ, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación trujillo, quienes practicaron inspección en la siguiente dirección: Vía pública, Avenida Las Delicias con calle San Luís, del Dividive, municipio Miranda estado Trujillo; dejando constancia de lo siguiente: “…sitio ABIERTO, … con vista la observador hacia el margen izquierdo de l avía, se aprecia una fachada comercial elaborada en paredes de bloques frisada y pintada de color amarillo, …. En la parte superior presenta un toldo en material sintético, este presenta una inscripción que se lee: inversiones la orquídea; ubicándonos frente a la entrada principal de este local comercial, se visualiza de lado izquierdo a una distancia de 1,20 metros sobre la superficie de l acera, una concha metálica color amarillo con un fulminante percutido; esta presenta leyenda en el culote que se lee: cavin 380,…”
CUARTO: Cursa en la investigación RECONOCIMIENTO DE Cadáver NRO. 1340, de fecha 06 DE JULIO DEL DOS MIL OCHO, suscrita por los funcionarios RICHARD FONTANA, ALFREDO HERNANDEZ y FERNANDO ALVAREZ, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación trujillo, quienes se trasladaron a la siguiente dirección: SALA. DE RECEPCION DE CADAVERES DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DOCTOR PEDRO EMILIO CARRILLO, DEL MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO, lugar en el cual se practicó RECONOCIMIENTO DE CADÁVER, a tal efecto se realizó dejando constancia de lo siguiente “Una vez en la dirección antes mencionada, se puede apreciar sobre una camilla metálica, tipo rodante, el cadáver DE UNA PERSONA, del sexo masculino, en posición DE DECÚBITO DORSAL, con las extremidades superiores e inferiores extendidas, desprovisto vestimenta, se le aprecia las siguientes características fisonómicas: piel trigueña, pelo corto crespo color castaño, nariz grande chata, boca grande labios delgados, bigotes escaso, cejas pobladas separadas, frente coda, orejas pequeña en abanico, contextura fuerte, estatura 1,82 metros, ojos pardos oscuros. Se le observa la siguiente. HERIDA: de forma circular en la región mamar izquierdo. Se toman fijaciones fotográficas, se le realizo la respectiva necrodactilia y se colectó en un segmento de gasa sangre del cadáver para futuras experticias…”

QUINTO: Cursa en la Investigación ACTA DE ENTREVISTA PENAL, de fecha 06 DE JULIO DE DOS MIL OCHO, suscrita por la ciudadana: CHACON HERNÁNDEZ SOLANGEL MARIA, Venezolana, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, nacida en fecha 27-11-84, soltera, de oficios ama de casa, residenciada en la avenida arterial de ciudad Ojeda casa sin numero, Municipio Lagunilla, Estado Zulia, teléfono celular 0424-7564089, titular de la cédula de identidad V-17.830.18l, quien impuesta de los hechos que se investigan, manifestó lo siguiente: “Yo estaba en compañía de mi concubino de nombre ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, en una tasca la Orquidea ubicada por las palmitas del Dividive, y como a las 02:30 horas de la mañana decidimos irnos de la tasca para ir a dormir, cuando estamos fuera de la tasca, observo que se bajan de un carro color verde oscuro, modelo palio, BELTRAN LOBO, DURVIS PIEDRA y otro a quien le dicen “CUI” con armas de fuego en las manos y sin mediar palabras comenzaron a dispararle a mi concubino, y yo salí corriendo y estos tipos se montaron en el carro y se fueron, luego me regresé y vi a mi concubino ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, tirado en el suelo y como pude me ayudaron y lo llevamos al ambulatorio pero como estaba cerrado lo dejamos afuera y él ya había muerto. Es todo SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha en que se suscita el hecho que narra? CONTESTO: “Eso ocurrió en la vía pública frente a la tasca de nombre “La Orquídea” ubicada en el sector las palmitas del Dividive Municipio Miranda Estado Trujillo, el día de hoy 06-07-08, a las 02:30 horas de la nana” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, que personas se percatan del hecho que narra? CONTESTO: “Mi cuñada de nombre LEIDY VALERO y puede ser ubicada, en mi residencia en la dirección mencionada” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios de su concubino ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, hoy occiso? CONTESTO: “El se llamaba como lo mencioné, venezolano, natural de esta ciudad, de 21 años de edad, nacido en fecha 04-06-86, soltero, obrero, residía con mi persona, y su número de cédula de identidad es V-25.187.939”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si su concubino hoy occiso anteriormente había llegado a tener algún tipo de problemas con los ciudadanos mencionados como BELTRÁN LOBO, DURVIS PIEDRA y al que apodan como “CUI”? CONTESTO: “Hace como una semana atrás él había tenido una discusión con BELTRÁN LOBO, pero no se el motivo de la discusión”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas de las personas que menciona como BELTRAN LOBO, DURVIS PIEDRA, y al que apodan como “CUI” y donde pueden ser ubicados? CONTESTO: “BELTRÁN LOBO, es de contextura gordito, de piel blanca, como un metro sesenta centímetros de alto, como de 29 años de edad, pelo pincho negro, con bigotes, y puede ser ubicado en la carretera panamericana diagonal a la estación de servicio la Chiquinquirá del Dividive, DURVIS PIEDRA, es de contextura flaco, de piel blanca, creo que es menor de edad, como de un metro cincuenta y dos centímetros de alto, pelo castaño oscuro, corto y puede ser ubicado en la calle buenos aires del Dividive y al que apodan “CUI”, es de contextura regular, de piel morena, como de 29 años de edad, como de un metro setenta centímetros de alto, pelo bajito, negro, y puede ser ubicado en el dividive y todos ellos se la pasan juntos” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cuales de los sujeto que menciona le da muerte a su concubino hoy occiso? CONTESTO: “Todos ellos estaban armados y dispararon en contra de mi concubino e incluso dentro del carro había otras personas pero no se quienes eran” SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de las armas que portaban los sujetos antes mencionados? CONTESTO: “Era armas de fuego, color negra y plateada, pero no se las características porque yo no se de armas de fuego” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si los referidos sujetos se encontraban bajo los efectos del alcohol? CONTESTO: “Si estaban bebiendo” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si laguna persona resultó lesionado para el momento del hecho? CONTESTO: “No nadie” DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantas heridas llegó a observarle en la humanidad de su concubino hoy occiso? CONTESTO:”No le vi ninguna herida” DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde va ser sepultado su concubino ELVIS MANUEL VALERO BRICENO? CONTESTO: “En el cementerio municipal del Dividive Municipio Miranda Estado Trujillo” DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento del hecho? CONTESTO: “Era un bastante oscuro” DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, su concubino hoy occiso acostumbraba a portar armas de fuego? CONTESTO: “No” DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el hoy occiso había llegado a tener algún tipo de problemas con la justicia? CONTESTO:”No” DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del vehículo que menciona el cual tripulaban los sujetos antes mencionados? CONTESTO: “Solo se que era un carro pequeño, color verde, modelo palio, el cual es propiedad de BELTRAN” DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tite conocimiento si a su concubino hoy occiso fue despojado
de alguna pertenencia para el momento del hecho? CONTESTO: ellos le dispararon y se fueron en el carro” DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantas detonaciones escuchó para el momento del hecho? CONTESTÓ “Cinco. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTÓ:”No, es todo”. EXPEDIENTE: H-950.223…”

SEXTO: Cursa en la investigación acta de entrevista de fecha 06 de julio de 2008, rendida por el ciudadano ROSARIO CASTELLANOS GUSTAVO ENRIQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.392.727, natural de Valera, estado Trujillo, de 21 años de edad, soltero, de profesión u oficio T.S.U en informática, residenciado en el sector Las Rurales, calle Democracia, casa numero 343, el Dividive, estado Trujillo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Trujillo, en la cual expuso: “…El día de hoy en horas de la madrugada, yo me encontraba como de costumbre trabajando atendiendo la tasca “La Orquídea” del Dividive, a varios clientes entre estos tres personas dos hombres y una mujer, uno de estos muchachos que yo conozco con el nombre de ELVIS, quienes estaban en una mesa sentados tomando cervezas, en ese momento me doy cuenta que ELVIS se levanta de la mesa yy sale de la tasca, se monta en su moto y se va, luego como a los quince minutos este muchacho vuelve a llegar y cuñado estaba en la parte de afuera de la tasca, se escucha un disparo entonces todas las personas salen a ver que era lo ocurrido, y se encuentran a ELVIS encima de su moto muerto todo lleno de sangre….”

SEPTIMO: Cursa en la investigación acta de entrevista de fecha 07 de julio de 2008, rendida por el ciudadano MARTIN GONZALEZ JUAN GABRIEL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.015.721, natural de La Victoria estado Aragua, de 27 años de edad, casado, profesión u oficio funcionario de Protección Civil adscrito a la sede del municipio Miranda estado Trujillo, residenciado en el sector El Salto, carretera Panamericana, casa sin numero, parroquia Agua Santa, municipio Miranda estado Trujillo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Valera, en la cual expuso: “…yo me encontraba de servicio en el ambulatorio rural numero II, de la población del Dividive, municipio Miranda estado Trujillo, del día sábado cinco de julio de este año, y aproximadamente a las 02:20 de la madrugada del día domingo, luego de haber hecho un traslado de una parturienta… escuche el motor de una motocicleta, cinco minutos después escuche unos gritos y un llamado, entonces me levante y observe desde la ventana que… tendido en la calle se encontraba como un bulto el cual casi no se distinguía por la oscuridad de l anoche…. Me di cuenta que era una persona de sexo masculino, y le tome el pulso carótida, y me di cuenta que no tenia signos vitales…”.

OCTAVO: Cursa en la investigación ACTA DE ENTREVISTA PENAL, de fecha OCHO DE JULIO DEL AÑO 2008, suscrita por la ciudadana: VALERO BRICEÑO LEYDIS CAROLINA, Venezolana, Natural de esta ciudad, de 20 años de edad, nacida en fecha 13-11-87, soltera, oficios del hogar, residenciada en la Avenida Arterial, casa sin numero Ciudad Ojeda Estado Zulia, teléfono 0424-7564089, titular de la cedula de identidad V-19.103.091, quien luego del motivo de su comparecencia, manifestó lo siguiente: “El día Domingo seis de este mes, como a las dos y media de la madrugada, yo iba saliendo de una tasca que queda ubicada en el sector Las Palmitas de el Dividive, acompañada de mi hermano ELVIS MANUEL VAIJERO BRICEÑO y mi cuñada de nombre SOLANGEL CHACON luego de haber disfrutado un rato, en ese cuando ya nos disponíamos a irnos para la casa de mi abuela, y estando al frente. de esta tasca, llegaron varios sujetos que yo conozco como DURBIS PIEDRA, JEDIXON CAMACARO, BELTRÁN, ENDER CAMACARO y otro apodado EL CUY, al lugar donde nosotros estábamos, en ese momento este tipo de nombre DURBIS PIEDRA se le acerco a mi hermano ELVIS con un arma en la mano, y sin decir nada le dio un disparo en el pecho, luego de esto ELVIS cayo al piso, y todos estos sujetos salieron corriendo y se montaron en el carro donde andaban que es propiedad de BELTRÁN, después las personas que estaban allí en ese lugar, ayudaron a auxiliar a mi hermano ELVIS, a quien llevaron hasta el ambulatorio del El Dividive donde el ingreso muerto. Es todo. SEGUIDANENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho que narra? CONTESTO: “Eso fue en el sector Las Palmitas de el Dividive, vía publica del Municipio Miranda Estado Trujillo, el día Domingo 06-07-08 como a las 02:30 horas de la madrugada aproximadamente.” SEGUNDA: ¿Diga usted, que personas se percatan del hecho que narra? CONTESTO: “Yo en ese momento estaba con mi cuñada de nombre SORANGEL CHACON, y en ese lugar habían mas personas pero no las conozco.” TERCERA: ¿Diga usted, que persona le da muerte a su hermano ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO? CONTESTO: “El sujeto que se llama DURBIS PIEDRA.” CUARTA: ¿Diga usted, cuantos disparos le efectuó este sujeto a su hermano? CONTESTO: “Un solo disparo.” QUINTA: Diga usted, el sujeto que menciona como DURBIS PEÑA, andaba en compañía de alguna otra persona? CONTESTO: “Si, el andaba acompañada de otros sujetos mas que yo conozco como EDIXON CPJMACARO, BELTRÁN, ENDER CAMACARO y EL CUY.” SEXTA: Diga usted, conoce el motivo por el cual el sujeto que menciona como DURBIS PIEDRA le causo la muerte a su hermano hoy occiso? CONTESTO: Porque mi hermano ELVIS hace ya como tres semanas atrás había tenido una discusión con este sujeto que menciona como BELTRAN ya que ellos le querían robar la moto. SÉPTIMA: Diga alguna otra persona resulto lesionada en ese lugar pa momento de lo ocurrido? CONTESTO: No, nadie mas. OCTAVA: Diga usted, estos sujetos andaban en algún vehiculo. CONTESTO: ellos andaban en un carro color verde oscuro, modelo PALIO cuatro puertas, no se las placas. NOVENA: Diga usted, a quien pertenece el vehiculo antes descrito? CONTESTO: Ese carro es de este tipo que yo conozco como BELTRÁN LOBO. DÉCIMA: Diga usted, refiera las características del arma utilizo este sujeto que menciona como DURBIS PIEDRA para darle muerte a su hermano ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO. CONTESTO: Una pistola color negra. DÉCIMA PRIMERA: Diga usted, conoce de vista, trato o comunicación a estos sujetos que menciona como DURBIS PIEDRA, EDIXON CAMACARO, BELTRÁN, ENDER CAMACARO y al que apodan EL CUY. CONTESTO: Si, yo los conozco a todos, porque ellos se criaron cerca de mi casa conmigo, y son sujetos que se la pasan metidos en problemas de este tipo. DÉCIMA SEGUNDA: Diga usted, refiera el lugar donde pueden ser ubicados estos sujetos antes mencionados? CONTESTO: DURBIS PIEDRA, vive a una cuadra más arriba de la bomba Buenos Aires de el Dividive, BELTRÁN LOBO vive en la carretera Panamericana, después de la bomba Buenos Aires de el Dividive, EDIXON CPNACARO y ENDER CANACARO viven en el sector el Mamón de el Dividive, frente a la escuela, y EL CUY vive en el sector Pueblo viejo de el Dividive, no se la dirección exacta, pero todos ellos se la pasan en la casa de BELTRÁN LOBO. DÉCIMA TERCERA: Diga usted, en que partes del cuerpo recibió el disparo su hermano hoy occiso. CONTESTO: El recibió el disparo en el pecho. DÉCIMA CUARTA: Diga usted, para el momento del hecho que narra, estos sujetos andaba bajo los efectos del alcohol? CONTESTO: Si. DÉCIMA QUINTA: Diga usted, como estaba vestido el sujeto que menciona como DURBIS PIEDRA para el momento del hecho que narra. CONTESTO: Estaba vestido con una franela a rayas, colores negro y rojo, y pantalón blue Jean. DÉCIMA SEXTA: Diga usted, entre su hermano ELVIS y los sujetos antes señalados, existía alguna enemistad. CONTESTO: El único problema que ellos tuvieron, fue porque mi hermano les reclamo ya que ellos le iban a robar su moto. DÉCIMA SÉPTIMA: Diga usted, a que distancia le disparo este sujeto que menciona como DURBIS PIEDRA a su hermano ELVIS? CONTESTO: Como a cuatro metros aproximadamente, fue muy cerca. DÉCIMA OCTAVA: Diga usted, luego que estos sujetos cometen este hecho, que rumbo toman? CONTESTO: Ellos se montan en el carro en el carro de BELTRÁN LOBO y se van en dirección a la plaza Bolívar de el Dividive. DÉCIMA NOVENA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No. Es todo.

NOVENO: Cursa en la investigación acta de Defunción, suscrita por la Directora DEL REGISTRO CIVIL, PARROQUIA EL DiviDIVE, MUNICIPIO MIRANDA, ESTADO TRUJILLO- Según resolución N° 10-2008 de fecha 26 de Febrero del 2008, quien hace constar lo siguiente: “… hoy NUEVE DE JULIO DE DOS MIL OCHO, se presento ante este despacho la ciudadana: SOLANGEL Maria CHACON HERNANDEZ, cedula de identidad N° V- 17.830.181, de veintitrés años de edad, de oficio domésticos, domiciliada en el Sector 12 de Octubre, Parroquia El Dividive, Municipio Miranda, Estado Trujillo y expuso: que el día SEIS DE JULIO DE DOS MIL OCHO, a la una am, en la Calle San Luís Las Palmitas, Parroquia El Dividíve. Municipio Miranda Estado Trujillo falleció el ciudadano: ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, era titular de la Cedula de identidad N° V- 25.187.939, en soltero, era venezolano, había nacido el 04-06-1.986, de veintidós años de edad, era hijo de: Elvis Manuel Valero y Luz Marina Briceño Gómez, deja dos hijos de nombres: LEANDRO JOSE Y SOLEIVI MARIANA VALERO CHACON habidos con la ciudadana SOLANGEL MARIA CUACON HERNÁNDEZ y según certificado de Defunción N° 1390457 expedido por el Dr. Benigno Velásquez, con certificado medico N° 50343 que consta que murió a consecuencia de: HEMORRAGIA INTERNA. PERFORACION CARDIACA, Herida POR ARMA DE FIJEGO… La presente acta quedo asentada bajo el W 12, tomo 1, folio 15, del tercer trimestre de dos mil ocho…”
DECIMO: Cursa en la investigación ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL
de fecha 23 DE JULIO DEL AÑO 2008, En esta misma fecha, siendo 06:005 horas de la tarde, comparece por ante este Despacho el Agente WILLIANS MILLÁN, adscrito al Grupo de Trabajo de Homicidios de esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 169 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 21 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial: “Continuando con las averiguaciones relacionadas con las actas procesales H—950.223, se instruyen por la comisión de uno de los delitos Contra las
personas (HOMICIDIO) , me trasladé en compañía del Inspector WALTER URBINA y Detective RICHARD FONTANA, en vehículo particular hacia el parroquia el Dividive, Municipio Miranda Estado Trujillo, a fin de ubicar e identificar plenamente a unos sujetos mencionados en autos anteriores como EL BELTRÁN, ENDER, EL CUI y DULVIS, ya que según la versión de la ciudadana VALERO BRICEÑO LEYDIS CAROLINA (Identificada plenamente en actas), y otras personas que fungen como testigos presénciales del hecho que investigamos, quienes por temor a posibles represalias en su contra se abstuvieron de exponer sus versiones de lo sucedido; fueron señaladas de haberle dado muerte al ciudadano hoy occiso ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, hecho acaecido el pasado día 06-07-08 en la localidad arriba indicada. Al arribar a esta zona, previa identificación de nuestra parte como funcionarios de este Cuerpo Policial, sostuvimos entrevista con residentes y moradores del sector a quienes les dimos a conocer e motivo de nuestra presencia, los mismos se negaron a identificarse, motivado a que conocen a los sujetos anteriormente mencionados, manifestando que estos son azotes de dicha localidad, y conforman una peligrosa banda delictiva denominada “La Banda Beltrán”, quienes se dedican al robo, compra y venta de sustancias prohibidas, sicariato y cobro de vacunas. En vista de la la peligrosidad de estos sujetos, dichos ciudadanos suplicaron a la comisión detectivesca, no ser identificados en actas, manifestándonos desconocer las causas y detalles del hecho relacionado con la presente averiguación; seguidamente decidimos proceder a retirarnos del sector, siendo abordados por un ciudadano, quien de una manera muy discreta, y por temor a posibles represalias en su contra, al igual que las demás personas antes relejadas no quiso identificarse, notificando que los autores de muerte del ciudadano ELVIS VALERO, son los ciudadanos mencionados anteriormente como BELTRÁN, ENDER, EL CUI Y DULVIS, y que además los mismos se trasladaban para ese momento en un vehículo, MODELO PALIO, COLOR VERDE, 4 PUERTAS, PLACAS JAJ-45L propiedad del sujeto señalado como BELTRÁN, desconociendo mayores detalles al respecto. Seguidamente y de una manera muy discreta dicha persona, quien nos aporto tal información de forma voluntaria se ofreció a conducirnos hasta las residencias de los sujetos relacionados con el hecho en alusión, a fin de que prosigamos de manera positiva dicha investigación. Primeramente al estar presentes en la residencia del ciudadano mencionado como DURVIS, distinguida en la siguiente dirección Calle Buenos Aires, numero 64 de esa localidad, fuimos atendidos por una ciudadana a quien luego de identificárnosle como funcionarios de este Cuerpo Policiales y exponerle el motivo de nuestra presencia, se identificó como MARINA GARCÍA, Venezolana, Natural de el dividive Estado Trujillo de 53 años de edad, soltera, Secretaria, con la misma residencia, Cedula de identidad V-5.502.154, quien manifestó ser la progenitora del ciudadano requerido por la comisión, dicha ciudadana al explicársele el motivo de la visita, y el porque su hijo, a quien identificó plenamente corno DILVIS JOSÉ PIEDRAS GARCIA, Venezolano, natural de esta ciudad, de 18 años de edad, soltero, con la misma residencia, NO CEDULADO, estaba siendo requerido por los funcionarios de esta oficina, de una manera muy despectiva nos indico que su hijo no se encontraba, y desconocía de su paradero y que según su versión tenia varios días sin llegar a su residencia. A tal efecto pretendimos hacerle entrega de una boleta de citación para que compareciera posteriormente por ante este despacho, pero la misma se negó a recibir tal citación, motivado a que expreso que no tenia que hacer nada en esta oficina. Seguidamente ubicamos la residencia de ciudadano mencionado como ENDER, situada en el sector el Mamón, casa sin número, al frente de la escuela de ese sector Estado Trujillo. Al llegar al precitado inmueble procedimos a efectuar varios llamados, y de igual manera tocar la puerta de acceso principal, siendo atendidos luego de una breve espera, por un ciudadano a quien luego de identificarnos como funcionarios de este Cuerpo Policial y exponerle el motivo de nuestra presencia, informo ser el requerido por la comisión identificándose como ENDER ALEXANDER PÉREZ, Venezolano, natural de esta ciudad, de 22 años de edad, soltero, obrero, residenciada en el Dividive sector El Mamón, casa sin numero, al frente de la. escuela, Municipio Miranda, estado Trujillo, titular de la cedula de identidad v-25.604.805, al citado ciudadano seguidamente se le hizo entrega de
boleta de citación para que comparecía posteriormente por ante este Despacho; momentos después por medio de indicaciones realizas del ciudadano informante nos dirigimos a la residencia del sujeto mencionado como CUI, ubicada en la siguiente dirección Calle Chiquinquirá numero 12-18, Sector las rurales, de esa Parroquia, fuimos atendidos por una ciudadana a quien en conocimiento de nuestra envestidura y del motivo pleno de la visita, se identificó como CORONADO PÉREZ ANA YSBELIA, Venezolana, natural de esta ciudad, de 37 años de edad, soltera, oficios del hogar, con la misma residencia, titular de la cedula de identidad V-11.323.978, expresando ser la progenitora del ciudadano requerido por la comisión, quedando este identificado por medio de ella como JOSE LUÍS DURAN CORONADO, Venezolano, nacido en fecha 05-11—87, de 20 años de edad, soltero, residenciado en la dirección antes descrita, titular de la cedula de identidad V—l9.795.26l, a la persona objeto de tal entrevista, se le solicito información con respecto al paradero del ciudadano requerido por la comisión, manifestó desconocer de su paradero, debido a esto se le hizo entrega de boleta de citación para que se presentara a este oficina a entrevista donde aporte los datos de identificación de su hijo arriba señalado. Acto seguido y por cuanto conocimos que el sujeto supra mencionado como EL BELTRÁN, tenia su ubicación de residencia a Carretera Panamericana, de esa Parroquia, específicamente al frente de la estación de servicio Chiquinquirá, nos trasladamos a inmueble con el propósito de ubicar al mismo, y de esta manera obtener su identificación respectiva. Al arribar a este inmueble, específicamente vivienda tipo rural sin número de identificación, estructurada con paredes pintadas de color verde, luego de haber tocado la puerta de acceso principal, y de realizar varios llamados, nos recibió una ciudadana quien en primera instancia al percatarse de nuestra presencia y de conocer el motivo de la visita por parte de la comisión de esta oficina, se torno un tanto molesta y evasiva para con nosotros, expresándonos de manera tajante que no tenia nada de que hablar con nosotros. Es por esta razón y luego de una muy breve espera, permanecimos en las afueras de esta residencia, logrando ser atendidos por dicha ciudadana quien desde el interior de su residencia, se identifico como NORMA COROMOTO LOBO VILORIA, Cedula de identidad V-lO.399.119. A dicha ciudadana se le explico el motivo de la visita, solicitándosele información con respecto al paradero de su hijo mencionado como EL BELTRÁN, indicándonos que el mismo no se encontraba, ya que presuntamente estaba de viaje para la ciudad de Valencia Estado Carabobo. En vista de esto le solicitamos nos aportara los datos filiatorios del mismo, expresándonos solamente que el responde al nombre de ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE, de 21 años de edad, negándose a darnos mas detalles al respecto, cerrando de manera muy agresiva la ventanilla por donde nos estaba atendiendo. En vista de los antes plasmado, optamos e retornar a la sede de este Despacho, donde procedimos a verificar a través del Terminal de información policial los datos antes obtenidos; arrojando la referida consulta el siguiente resultado: el ciudadano DULVIS JOSÉ PIEDRAS GARCIA, no aparece registrado por ante nuestro informativo, el nombre ROJAS LOBO BELTRÁN ENRIQUE le corresponde el numero Cédula de identidad v-19.644.730, al ciudadano identificado como JOSÉ Luís DURAN CORONADO le corresponde el numero de cedula de identidad V-19.795.261, ENDER ALEXANDER PÉREZ, titular de la cedula de identidad V-25.604.805. De lo anteriormente expuesto se le hizo del conocimiento pleno a la superioridad. Es todo…”

DÉCIMO PRIMERO: Cursa en la investigación ACTA DE ENTREVISTA PENAL”
de feche VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO 2008, suscrita por
la ciudadana CORONADO PÉREZ ANA YSBELIA, venezolana, natural de Valera, estado Trujillo, de 37 años de edad, nacida en fecha 09-06-1971, soltera, de oficios del hogar, residenciada en la calle Chiquinquirá, casa Nro.12—18, sector Las Rurales, El Dividive, municipio Miranda, estado Trujillo, teléfono no posee, portadora de la cédula de identidad V—11.323.978, quien impuesta de los hecho que se investigan, manifestó lo siguiente: “El día Miércoles 23—07—08 yo me encontraba en mi casa, cuando llegaron unos funcionarios de este Despacho, preguntando por mi hijo José LUÍS DURAN CORONADO, y yo les dije a ellos que él no se encontraba, y que desde hace aproximadamente quince días él salió de mi casa y no me dijo para donde iba, entonces los funcionarios me pidieron los datos de mi hijo y me entregaron a mi una citación para que viniera el día de hoy a declarar en esta oficina. Es todo” SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA: ¿Diga usted, los datos filiatorios de su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Él se llama JOSÉ LUÍS DURÁN CORONADO, venezolano, natural de Valera, estado Trujillo, de 20 años de edad, nacido en fecha 05-11-1987, soltero, él no trabaja, vive en mi casa, titular de la cédula de identidad V-19.795.261, hijo de José Luís Durán y mi persona.” SEGUNDA: ¿Diga usted, su hijo es conocido con algún seudónimo o apodo? CONTESTO: “Sí, a él le dicen EL CUY.” TERCERA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde se encuentra actualmente su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Yo no sé donde pueda estar él ahorita en estos momentos.” CUARTA: ¿Diga usted, cuando fue la última vez que su persona sostuvo algún tipo de comunicación con su hijo en mención? CONTESTO: “Hace como quince días aproximadamente, no recuerdo la fecha exacta, cuando él me dijo que se iba, pero no me dijo para donde se iba a ir.” QUINTA: ¿Diga usted, para la fecha en que su hijo JOSÉ LUÍS DURÁN CORONADO, salió de su casa, lo hizo acompañado de alguna otra persona? CONTESTO: “Él salió solo de mi casa.” SEXTA: ¿Diga usted, con que personas frecuenta su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Él se la pasa mucho con dos muchachos que se llaman BELTRÁN y DURVIS, ellos son del Dividive.” SÉPTIMA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionada porta algún tipo de arma de fuego? CONTESTO: “No le decir.” OCTAVA: ¿Diga usted, su hijo en mención problemas con alguna persona en particular en la población de El Dividive? CONTESTO: “No sé.” NOVENA: ¿Diga usted, en alguna oportunidad su hijo ha estado ha purgado condena por la comisión de algún hecho punible? CONTESTÓ: “No, nunca.” DÉCIMA: ¿Diga usted, los rasgos fisonómicos de su hijo José Luís DURAN CORONADO?. CONTESTO: “Él es moreno, delgado, de mediana estatura, tiene bigote, pelo color negro, no tiene tatuajes ni cicatrices, no usa zarcillos”. Diga usted, desea agregar algo mas en la presente entrevista? CONTESTO: “No, Es todo”.
DÉCIMO SEGUNDO: Cursa en la investigación ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL” de fecha SEIS DE AGOSTO DEL 2008, En esta misma fecha, siendo las 02:00 horas de la tarde, comparece por ante este Despacho, el funcionario Inspector URBINA QUINTERO WALTER; adscrito a la Sub-Delegación Valera, Estado Trujillo, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 169 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal y 21 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en la presente averiguación: “Prosiguiendo con las diligencias de la Causa 11-950.223, por unos de los delitos Contra las Personas, me traslade en compañía de los funcionarios Detectives FONTANA Richard y BRICEÑO Carlos, la población de El Dividive, con la finalidad de ubicar el vehiculo automotor marca Fiat, modelo Palio, color rojo, placas JAJ-45L, propiedad del ciudadano investigando ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE. Una vez en el referido lugar luego de un breve recorrido nos entrevistamos con varios residentes quienes nos manifestaron que el ciudadano investigado había dado en venta el vehiculo antes descrito, igualmente había adquirido un vehiculo tipo pick—up, marca Ford, placas 576-XEU, color vinotinto, donde se desplazaba con los ciudadanos apodados “EL DURBIS”, y “EL CUY”. Es todo…”
DÉCIMO TERCERO: Cursa en la investigación Reconocimiento Técnico, Experticia Química (determinar presencia o no de Iones Oxidantes) N° 9700-255-DC-2026-08, suscrita por Ing. FRANCISCO SANGERMANO Sub-Comisario, adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalisticas Delegación Estadal Trujillo Departamento De Criminalistica Área De Criminalistica De Laboratorio Unidad Física Química, Sub-Delegación del C.I.C.P.C. Valera, de fecha 13 de Agosto de 2008, relacionado con el expediente N° H-950.223. EXPOSICIÓN: El estudio pericial Químico se practicará sobre la evidencia física signada con el numeral 1, que se menciona en la Planilla de Registro de Cadena de Custodia N° 903-08 de la Sub Delegación Valera, la cual se describe a continuación: 1.- Una Prenda de Vestir, uso masculino, de las denominadas “FRANELA”, cuello en “y”, talla mediana, elaborada con fibras naturales teñidas de color marrón y beige, provista de etiqueta identificativa donde se lee “RADICAL ACTION”, exhibe mecanismo de cierre constituido por dos botones sintéticos de color marrón exhibe apliques en su parte anterior que refieren entre otros “RA”; “NATIONAL RADICAL FITNES”; “ACTION CLOTHES” en color en color beige.- La pieza se halla en regular estado de conservación con signos de suciedad y manchas de color pardo rojizo sobre su superficie con mecanismo de formación por contacto y escurrimiento; asimismo, presenta Tres (03) soluciones de continuidad (orificio y rasgaduras), ubicadas a nivel del Área de proyección de las siguientes Regiones Anatómicas:
-01 en la Región Mamaria Izquierda de lOmm de diámetro (orificio). -0
en la Región Mamaria Izquierda de 8,5cm y 15cm de longitud (rasgaduras). PERITACION: A fin de dar cumplimiento al pedimento formulado, la pieza recibida fue sometida a los siguientes análisis y observación:
ANALISIS QUIMICO: Método de Orientación para la Determinación de Iones Oxidantes Nitritos y Nitratos: Método de Lunge NEGATIVO (-) CONCLUSIONES En base al reconocimiento, observación y análisis practicados y confirmados a la pieza estudiada, se concluye lo siguiente: • En la superficie de la pieza analizada. no se detectó la presencia de Iones Oxidantes Nitratos y Nitritos…”
DÉCIMO CUARTO: Cursa en la investigación PROTOCOLO DE AUTOPSIA 9700-069-08-MF-VAL- 1309, de fecha 11 de Agosto del 2008, suscrito por el Medico Anatomopatólogo Forense Benigno A. Velásquez Ríos, adscrito a la Medicatura Forense de Valera, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y CriminaIisticas, mediante el cual rinde resultado de la Autopsia Practicada al Cadáver del Ciudadano: ELVIS MANUEL VALERO. Ci. V-25.187.939 FECHA: 06.07.08 HORA: 1:15 PM. EXAMEN EXTERNO:
Cadáver Masculino con 22 años de edad. Contextura regular con aproximadamente 75 kgs de peso y 1,70 cmts de estatura. De Piel Morena clara. Cabello negro. Ojos pardos. Presenta Una (01) herida por arma de fuego al tórax. Rasgos cadavéricos caracterizados por rigidez general livideces móviles dorsales y en cuello. EXAMEN INTERNO: CABEZA: Sin lesiones subcutánea en cuero cabelludo. Cráneo sin lesiones internas. Encéfalo sin lesiones. CUELLO: Sin lesiones supra e infrahioideo. Glotis y epiglotis sin lesiones. Columna cervical sin lesiones. TORAX: Herida por arma de fuego con orificio de entrada de 0,8 cm a nivel de la cuarta costilla anterior izquierdo, con halo de contusión y sin tatuaje. Trayecto de delante hacia atrás, de arriba hacia abajo y de izquierda a derecha, sin orificio de salida. Produce perforación en el pulmón izquierdo y corazón y aorta descendente; perfora la séptima vértebra dorsal donde se recupera proyectil blindado sin deformar. Pulmón derecho, vías respiratorias, pulmonar. Esófago sin lesiones.
ABDOMEN: Sin sangre libre en cavidad. Estomago con alimento y sin lesiones. Hígado. Bazo. páncreas, riñones, asas intestinales sin lesiones. PELVIS: Sin lesiones. EXTREMIDADES: sin lesiones. CONCLUSIONES: Se Trata de Cadáver masculino con 22 años de edad. Presenta hemorragia interna por perforaciones en pulmón, corazón y aorta descendente por herida por arma de fuego. DATA DE LA MUERTE: 08 a 12 HORAS. -. SE EXTRAJO PROYECTIL: SI. CUANTAS: 01 BLINDADOS: SI. CAUSA DE LA MUERTE: Hemorragia interna por herida por arma de fuego al tórax.
DÉCIMO QUINTO: Cursa en la investigación Realizar Reconocimiento Técnico, Experticia Hematológica, Experticia Física (determinar origen de solución de continuidad) N° 9700-255-DC-2018-08, suscrito por el funcionario Agente AVILA B. STEVE E, experto designado para practicar peritaje sobre el material remitido, anexo al memorándum N° 9700-069-8907 de fecha 06-07-2008, relacionado con el expediente N° H-950.223, dejando constancia de lo siguiente: “…El estudio pericial Hematológico Físico se practicará sobre las evidencias físicas que se mencionan en la Planilla de Registro de Cadena de Custodia N° 903-08 de la Sub-Delegación Valera, las cuales se describen a continuación:
Una Prenda de Vestir, uso masculino, de las denominadas “FRANELA”, cuello en “V”, talla mediana, elaborada con fibras naturales teñidas de color marrón y beige, provista de etiqueta identificativa donde se lee “RADICAL ACTION”, exhibe mecanismo de cierre constituido por dos botones sintéticos de color marrón exhibe apliques en su parte anterior que refieren entre otros “RA”; “NATIONAL RADICAL FITNES”; “ACTION CLOTHES” en color en color beige.- La pieza se halla en regular estado de conservación con signos de suciedad y manchas de color pardo rojizo sobre su superficie con mecanismo de formación por contacto y escurrimiento; asimismo, presenta Cuatro (04) soluciones de continuidad (orificio y rasgaduras), ubicadas a nivel del Área de proyección de las siguientes Regiones Anatómicas:
- 02 en la Región Mamaria Izquierda de O7inm y lO mm de diámetro (orificios).
-02 en la Región Mamaria Izquierda de 8,5cm y 15cm de longitud (rasgaduras).
2. Un Segmento de Gasa, impregnada de sangre del cadáver de Elvis Valero Manuel Briceño (S.I.C.C.).
DETERMINACIÓN DE ESPECIE:
Especie Humana’ . POSITIVO (+)
DETERMINACION DE GRUPO SANGUINEO:
Investigación de Aglutinógenos: Por el método directo de Elusión, se comprobó la Ausencia de los Aglutinógenos “A” y “B”.
CONCLUSIONES: En base al reconocimiento, observación y análisis practicados y confirmados a las piezas y muestras estudiadas, se concluye lo siguiente:
1.- Las soluciones de continuidad (orificios) presentes en la superficie de la pieza mencionada en el numeral 1, presentan características físicas de clase que me permite encuadrarlas dentro de las originadas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego.-
2.- Las soluciones de continuidad (rasgaduras) presentes en la superficie de la pieza mencionada en el numeral 1, presenta características físicas de clase que me permite encuadrarlas dentro de las originadas por un mecanismo de tracción violenta.-
3.- Las manchas de color pardo rojizo presentes en la superficie de la pieza mencionada en el numeral 1, son de naturaleza Hemática, pertenecen a la Especie Humana y corresponden al Grupo Sanguíneo “O”, al igual que la sangre colectada al occiso Elvis Valero Manuel Briceño, mencionada en el numeral 2.-

Analizadas como han sido las actuaciones cursantes en autos este Tribunal de Control N° 03, considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto aparecen fundados elementos de convicción para estimar que los mencionado ciudadanos son los autores o participes del hecho que se investiga y presunción razonable del peligro de fuga en virtud de la pena que llegarse a imponer y a la magnitud del daño causado dada la naturaleza grave del mismo, como se encuentran llenos tambien los extremos del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal : Existe una presunción razonable en cuanto al peligro de fuga, por las siguientes circunstancias:

1- Arraigo en el país, determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia, de sus negocios o trabajo. En cuanto a esta circunstancia, debe advertirse que de acuerdo a las actas de investigación de fechas 23 de julio de 2008, suscrita por los funcionarios WILLIANS MILLÁN; WALTER URBINA y Detective RICHARD FONTANA, adscrito al Grupo de Trabajo de Homicidios de esta Sub Delegación Valera, del Cuerpo de Investigaciones científicas, penales y Criminalísticas, Sub-delegación Trujillo; y Acta de Entrevista Penal, suscrita por la ciudadana CORONADO PEREZ ANA YSBELIA, los ciudadanos ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE; PIEDRA GARCIA DULVIS JOSE; DURAN CORONADO JOSE LUIS y PEREZ ENDER ALEXANDER, ya identificados, no poseen residencia habitual, ni tampoco trabajo; por cuanto, a pesar de que los funcionarios actuantes se presentaron a su residencias pero los familiares y residentes del inmueble señalaron que no sabían de su paradero ni donde se encontraban; pero además no tienen profesión u oficio definidos, tal como se evidencia en las actas procesales.

2- La magnitud del daño causado. Esta circunstancia obedece al hecho cierto que el investigado ocasionó la muerte del ciudadano ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, ya identificado, quien perdió la vida por el accionar de los investigados, no escatimando bajo ningún respecto en el alto valor del bien jurídico vida, sin el cual los demás bienes jurídicos carecerían de sentido.

3.- La pena que podría llegarse a imponer en el caso. Evidentemente la pena que podría imponerse al investigado en el presente caso supera los diez años, ya que el delito investigado tiene una pena de quince a veinte años de prisión.

4.- Es claro, además de lo anterior, el peligro de obstaculización para averiguar la verdad, en virtud de la grave sospecha de que el investigado influirá en testigos y víctimas, para que se comporten de manera desleal y reticente, dado que consta en las actas procesales que los investigados se encuentran en libertad, lo cual hace pensar que podría evidentemente intimidar a los testigos y victimas, para así poner en peligro la investigación, la verdad de los hechos y la realización de la justicia. Esta sospecha existe, por cuanto los investigados no tuvieron escrúpulos alguno en aprovechar la circunstancia de que la víctima se encontraba indefensa, puesto que no portaban armas de fuego que les permitiera repeler el accionar de los imputados y sin mediar palabras comenzaron a dispararle al ciudadano hoy occiso ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, quien se encontraba en compañía de su concubina CHACON HERNÁNDEZ SOLANGEL MARIA, posteriormente estos sujetos se montaron en el carro y se fueron; mucho menos se detendrá en consideraciones de carácter ético para amedrentar a las víctimas indirectas y testigos. En consecuencia es procedente acordar la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA solicitada.
Por lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, llenos como se encuentran los extremos de los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 1°, 2° y 3° y 251 del referido Código Orgánico Procesal Penal y el 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal Decreta La PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: ROJAS LOBO BELTRAN ENRIQUE, cedula de identidad Nº V- 19.644.730, de 21 años, residenciado en la carretera Panamericana, frente a la estación de servicio la Chiquinquirá, El Dividive, municipio Miranda, estado Trujillo; PIEDRA GARCIA DULVIS JOSE, venezolano, natural de Valera estado Trujillo, de 18 años de edad, soltero, residenciado en calle Buenos Aires, numero 64, Valera estado Trujillo; DURAN CORONADO JOSE LUIS, venezolano, de 20 años, soltero, residenciado en la dirección calle Chiquinquirá, numero 12-18, sector Los Rurales, estado Trujillo, cedula de identidad Nº V-19.795.261, y PEREZ ENDER ALEXANDER, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-25.604.805, natural de Valera, estado Trujillo, soltero, obrero, residenciado en el Dividive, sector Miranda, casa sin numero, al frente de la escuela, municipio Miranda, estado Trujillo, por encontrarse incurso e investigado por el delito de de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en la circunstancia de alevosía, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, en agravio del ciudadano, hoy occiso, ELVIS MANUEL VALERO BRICEÑO, con cédula de identidad N° V- 19.898.688; y en caso de decretarse lo solicitado, la referida orden de aprehensión sea informada a todos los Cuerpo y órganos de seguridad ciudadana entre ellos el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Guardia Nacional, Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo, y DISIP, a los fines de que se cumpla cabal y efectivamente con la captura del mencionado imputado. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Control N° 03 La Secretaria

Abg. Adriana Araujo Araujo Abg. Soraida Castellanos